La campaña de la declaración de la renta 2024 en España comienza el 2 de abril de 2025 y finaliza el 30 de junio de 2025. Durante este período, los contribuyentes deben presentar su declaración correspondiente al ejercicio fiscal 2024. Pero, ¿qué cambios trae este año?
A partir del 2 de abril, se puede acceder al borrador de la declaración a través de la aplicación ‘Renta WEB’ de la Agencia Tributaria. Para ello, es necesario identificarse mediante número de referencia, Cl@ve PIN o certificado electrónico.
Pero antes de declarar, debes conocer estos cambios y, en caso de dudas, consultar con un asesor fiscal o acudir a la Agencia Tributaria para asegurar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales.
1. Cambios en los límites de obligación de declarar
El umbral mínimo para estar obligado a presentar la declaración se ha elevado de 15.000 euros a 15.876 euros anuales, debido al aumento del Salario Mínimo Interprofesional. Por otra parte, el límite de las rentas del trabajo con un solo pagador se mantiene en 22.000 euros anuales.
2. Deducciones por alquiler de vivienda en zonas tensionadas
Para propietarios que alquilen viviendas en áreas declaradas como tensionadas y reduzcan el alquiler en más de un 5%, este año habrá una reducción del 90%. Esta reducción será del 70% si el inquilino es joven, y del 60% si se han realizado obras de rehabilitación en la vivienda en los últimos dos años. Asimismo, habrá una reducción del 50% en el resto de los casos.
3. Nuevas formas de pago
Este año se ha habilitado la posibilidad de pagar mediante Bizum y tarjeta de crédito o débito, facilitando así el proceso para los contribuyentes.
4. Obligaciones fiscales adicionales
Para las ventas en plataformas digitales, como por ejemplo Wallapop, se establece la obligación de declarar ingresos superiores a 2.000 euros. Y, aunque inicialmente se contempló la obligación de que todas las personas en situación de desempleo presentaran la declaración, finalmente solo deberán hacerlo si superan determinados umbrales de renta o cumplen con otras condiciones específicas.
5. Deducciones por donaciones
Se ha aumentado la deducción al 80% para los primeros 250 euros donados a asociaciones declaradas de interés público. A partir de esa cantidad, la deducción general es del 40%, pudiendo alcanzar el 45% en determinadas circunstancias.
6. Devoluciones a mutualistas
Los mutualistas recibirán en un solo pago las cantidades abonadas en exceso a las antiguas mutualidades, agilizando el proceso de devolución.
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