El Ministerio de Vivienda confirma la validez de la adjudicación a Hallon, avalada por la Abogacía del Estado

LA RESOLUCIÓN DEL ORGANISMO PÚBLICO CONCLUYE QUE HALLON DISPONE DE LA AUTORIZACIÓN LEGALMENTE EXIGIDA PARA PRESTAR SU SERVICIO CONFORME A LA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL

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El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha desestimado el recurso interpuesto por un competidor contra la adjudicación del contrato de seguimiento y archivo de medios a favor de Hallon Intelligence S. L, confirmando la plena validez de la adjudicación y la habilitación legal de la compañía para prestar el servicio.

La resolución administrativa rechaza el recurso presentado por el competidor, que cuestionaba la adjudicación alegando una supuesta falta de licencia con CEDRO por parte de Hallon. El Ministerio concluye que no concurre causa alguna de nulidad, confirmando la adjudicación en todos sus extremos.

Aval jurídico expreso de la Abogacía del Estado

Uno de los elementos más relevantes de la resolución es que, durante la tramitación del recurso, el Ministerio solicitó expresamente informe a la Abogacía del Estado, que se pronunció de forma favorable a la desestimación del recurso por considerarla ajustada a derecho.

Este respaldo refuerza de manera significativa la posición jurídica de Hallon, al validar tanto la interpretación del artículo 163.4 de la Ley de Propiedad Intelectual como la aplicación práctica del mismo en el contexto del contrato público analizado.

Reconocimiento de la autorización legal conforme a la Ley de Propiedad Intelectual

La resolución destaca que Hallon acreditó adecuadamente la consignación judicial de las cantidades correspondientes a los usos realizados, así como la posterior solicitud de reserva o consignación conforme a las tarifas vigentes. En este sentido, el Ministerio concluye que Hallon dispone de la autorización legalmente exigida para prestar el servicio objeto del contrato.

Asimismo, la resolución asume expresamente la interpretación del Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, aportado por Hallon, alineándose con el criterio que la compañía ha venido defendiendo respecto al alcance del artículo 163.4 LPI y a la suficiencia de la consignación como mecanismo habilitante.

Un precedente relevante para el sector

La combinación del aval judicial de la Audiencia Provincial de Barcelona y el respaldo expreso de la Abogacía del Estado supone un precedente de especial relevancia para el sector del seguimiento de medios y la gestión de derechos de los editores de prensa, al clarificar el alcance de los mecanismos de autorización previstos legalmente y su compatibilidad con la contratación pública.

Desde Hallon se valora muy positivamente esta resolución, que aporta seguridad jurídica y refuerza su posición en un contexto en el que la interpretación de estos mecanismos ha sido objeto de debate y controversia.

Antecedentes de la controversia 

En febrero de 2024, CEDRO solicitó a las empresas del sector del clipping en España la firma de un nuevo contrato para acceder al repertorio de los editores de prensa y poder continuar su actividad. La falta de claridad del documento en relación con la privacidad de datos de los clientes y los inciertos planteamientos económicos para el sector y todo el ecosistema de la comunicación en España, llevó a varias compañías a plantear modificaciones, sin que se alcanzara ningún acuerdo ni se formalizara ninguna firma durante los cinco primeros meses.

En diciembre de 2024, en lo que se puede entender como un gesto ejemplificador, CEDRO interpuso una demanda ante los tribunales de Barcelona exclusivamente contra HALLON, acusando a la compañía de operar sin licencia y solicitando medidas cautelares para suspender su actividad comercial. El pasado 10 de julio de 2025 la Audiencia Provincial de Barcelona desestimó en firme las medidas cautelares solicitadas por CEDRO y reconoció expresamente que HALLON venía consignando judicialmente las cantidades estimadas como contraprestación por los usos realizados, en cumplimiento del artículo 163.4 de la Ley de Propiedad Intelectual. CEDRO fue condenado en costas.

Este pronunciamiento confirmó que HALLON actúa bajo la autorización prevista en la ley, reforzando su solidez jurídica, su buena fe y su compromiso con el pago a los editores.

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