Hernando pierde la concesión de Puerto Portals

El juzgado de Prera Instancia número uno de Palma de Mallorca falla a favor de la familia alemana Graf en el litigio que viene manteniendo con el constructor Francisco Hernando Contreras la concesión de Puerto Portals. Según publica hoy El Mundo, la juez Gemma Robles ha entendido que Hernando no llegó a hacer efectivo el contrato de compraventa lo que no tiene el derecho a adquirir la concesión de explotación del puerto detivo.

 

Los problemas entre Hernando y los Graf comenzaron el 18 de agosto de 2005 después de una reunión en la que acordaron escrito la venta de la explotación de Puerto Portals en 110 millones de euros. Sin embargo, posteriormente Francisco Hernando decidió romper el contrato asegurando haber sido engañado y acudió a los tribunales diciendo que sólo pagaría 9 millones de euros y exigiendo que le reconocieran su derecho de adquisición.

 

Hernando alegaba haber sido vícta de un triple engaño parte de los alemanes. En prer lugar que los Graf aseguraron que la concesión tenía vigencia hasta 2031 mientras que ley vence en 2018. Además asegura el constructor que los ingresos que genera Puerto Portals son inferiores a los que le dijeron sus propietarios y que el número de amarres de los que dispondría también es inferior al acordado en un prer momento. Engaños que, sin embargo, la juez no ha tenido en cuenta ya que el contrato de compraventa carece de validez existir un incumpliento ‘de la parte actora de la obligación principal de pago de precio que debió producirse necesariamente antes de 15 de noviembre de 2005’, es decir, de Hernando.

 

Pero no deja de ser un contrato de compraventa, lo que ‘ha de tenerse en cuenta que lo que se ofrece en realidad es un contrato de compraventa, toda vez que independientemente de los términos transcritos, de la lectura íntegra del documento no se deduce la voluntad de las partes de celebrar otro segundo contrato respecto al cual el pactado sea un antecesor o una especie de ley de bases’. Más bien al contrario, continúa , se revela la voluntad de comprar y vender en las condiciones que en el mismo se establecen. Todo ello a pesar del empleo de ciertas expresiones y frases de futuro que no son obstáculo para hacer prevalecer la verdadera intención de las partes que se buye del propio contrato y que es afín a la naturaleza del contrato de compraventa. Y lo tanto sus efectos son los mismos que los del contrato perfecto’.

 

Además, la juez ha dado la razón a la Audiencia de Palma en que se trata de un pleito lleno de ‘términos ciertamente incoherentes y contradictorios’ ya que, ejemplo, un lado se usa ‘la expresión de compromiso de compraventa… y ésta parece ser la intención de las partes’ y otro ‘se expresa que el actor se compromete a comprar a los demandados que se comprometen a vender’.

 

En conclusión, Hernando no sólo no se queda con Puerto Portals sino que tendrá que hacer frente a las costas del juicio. Además se levantan los embargos a la familia alemana Graf que podrá seguir explotando dichas instalaciones así como vender, ceder o enajenar sus acciones.

 

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