El Consejo Directivo convoca las elecciones de UNESPA

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 y en el Capítulo VI (artículos 39 a 45) de los Estatutos, el Consejo Directivo en su sesión de 15 de marzo de 2007 ha acordado convocar elecciones para los cargos de Vicepresidentes, vocales del Consejo Directivo y Vocales del Comité Ejecutivo de UNESPA. La votación se desarrollará del 19 de abril al 8 de mayo de 2007 medios electrónicos, y la Mesa Electoral levantará acta del resultado de la votación y la elevará a la Asamblea General de 17 de mayo de 2007.

 

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En este proceso electoral se elegirán tres vicepresidencias, 15 vocalías para el Comité Ejecutivo y 15 vocalías para el Consejo Directivo y prera vez, al menos seis entidades de reducida densión tienen garantizada su presencia en los órganos de dirección.

 

Según ha informado la patronal en un comunicado, serán electores y elegibles todos los asociados de número que estén al corriente en el pago de sus cuotas. Cada asociado de número sólo podrá tener un representante en los órganos de gobierno, lo que deberá presentar una sola candidatura a los cargos electos. En el caso de entidades que formen parte de un grupo, la candidatura será única para todas las entidades que lo integran.

 

Las candidaturas a los órganos de gobierno deberán estar avaladas veinte o más electores y venir aceptadas expresamente el candidato. Todos los candidatos deberán ser personas que ostenten un prer nivel ejecutivo en la entidad asociada o en el grupo al que la misma pertenezca que, además tengan capacidad para tomar decisiones en nombre del asociado a que representan.

 

Por prera vez, las entidades de reducida densión del sector, aquéllas cuyo volumen agregado de pras emitidas en el últo ejercicio cerrado no supere en su conjunto el veinticinco ciento del volumen total de pras, tienen garantizada su representación en los órganos de dirección de UNESPA. En este sentido las candidaturas que se presenten deberán incorar al menos tres vocales para el Comité Ejecutivo y, como míno, otros tres para el Consejo Directivo, es decir, seis de los 33 miembros lo serán en representación de las entidades de reducida densión.

 

Además, deberá constar la persona que va a representar al asociado de número en el órgano de gobierno, quién deberá emitir su aceptación en nombre del asociado al que representa.

 

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