El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso que Vocento y varias televisiones locales habían presentado contra la concesión de determinadas frecuencias a La Sexta parte del Gobierno. El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso que Vocento y varias televisiones locales habían presentado contra la concesión de determinadas frecuencias a La Sexta parte del Gobierno.
VOCENTO S.A.; Onda 6; Canal Cultural Badajoz; Teledonosti; Canal Ideal y Comunicaset ‘venían explotando en sus ámbitos territoriales respectivos" televisiones locales cuyos canales han quedado ocupados el nuevo canal analógico concedido a ‘La Sexta’.
Por eso recurrieron contra la asignación de esas frecuencias previstas la Ley de Televisión Digital Terrestre y el decreto de su desarrollo, recurso ahora desestado el tribunal en sentencia hecha pública.
‘Pudiendo ser deseable que en la asignación o redistribución de frecuencias la Administración General del Estado tenga en cuenta, con carácter meramente informativo, las actuaciones previas de otras administraciones’ cuando elabore planes nacionales, no tiene obligación de respetar esas decisiones provisionales, dice la sentencia.
‘La asignación de frecuencias corresponde a la Administración del Estado’, es decir, al Gobierno central, ‘sobre la base de las prioridades legalmente establecidas’, añade el alto tribunal.
El Supremo entiende que, un lado, algunas de las televisiones recurrentes no tenían una asignación de una determinada frecuencia, sino que solo la utilizaban ‘ la vía de los hechos’, de modo transitorio y al amparo (‘o no’) de habilitaciones generales a ese efecto.
En esta situación, si el Gobierno decide asignar ese canal en concurso, no tienen derecho a oponerse, dice el Supremo.
EFE
