El Gobierno de Navarra ha aprobado un proyecto el que se modifica la Ley Foral 12/2000, de 16 de noviembre, de Atención Farmacéutica. Ahora el proyecto será remitido al Parlamento para su debate y aprobación.
Las modificaciones introducidas en la ley foral vigente el proyecto aprobado el Gobierno son cuatro y de este modo se modifica la planificación de las oficinas de farmacia en el sentido de que el número máxo de oficinas de farmacia abiertas al público en cada una de las localidades de Navarra será de una cada 700 habitantes.
El texto aprobado en el año 2000 tiene una litación silar pero está referida al conjunto de la población de Navarra. La modificación introducida en el proyecto que aprobó el Gobierno no rebaja sustancialmente el número de oficinas de farmacia que podrán abrirse, sino que planifica su apertura de manera que se garantizará que cada oficina de farmacia tenga un número potencial de clientes de al menos 700 habitantes.
Asismo, también se ha acordado elinar la contratación con terceros en los servicios de farmacia de los centros sociosanitarios y para ello se modificará el artículo 35.2 de la actual ley foral, que contemplaba la posibilidad de contratar estos servicios de farmacia de los centros sociosanitarios con terceros.
Según informó el Gobierno navarro y recoge Europa Press, con esta modificación se pretende evitar la existencia de intermediarios en los centros sociosanitarios y que este artículo sea más acorde con el artículo 5.2 de la ley que prohíbe la intermediación con áno de lucro de terceras personas, entidades o empresas en la dispensación de medicamentos entre los establecientos autorizados y el ciudadano.
Otra de las modificaciones de la nueva reglamentación es la inclusión del incumpliento de las obligaciones derivadas de las guardias como infracción. Y es que el tema de las guardias es una de las obligaciones de las oficinas de farmacia que mayor repercusión social tienen ya que es en estos momentos cuado se presta una atención farmacéutica a la población pero sin embargo esta infracción no está expresamente contemplada entre las infracciones en el texto de la ley ahora vigente, lo que se propone incluir en el artículo 47: ‘Infracción grave: el abandono de las funciones de atención farmacéutica continuada'.
Además, se modifican las sanciones para adecuarlas a las oficinas de farmacia. La redacción del artículo 48 de la vigente ley foral indica que las infracciones serán sancionadas conforme a lo establecido en la Ley de Medicamento promulgada el Estado pero con posterioridad a la publicación de la Ley Foral, el Ministerio de Sanidad y Consumo multiplicó 10 el valor de las sanciones de la Ley del Medicamento, ‘lo que resulta adecuado para sancionar a laboratorios farmacéuticos pero resultan cuantías excesivamente elevadas para sancionar las infracciones que se puedan realizar en las oficinas de farmacia, lo que se propone una modificación que mantiene las sanciones en cuantías silares a las que se establecieron inicialmente en la ley foral, ahora expresadas en euros', expuso el Gobierno.