‘La explotación de farmacias se reservará a farmacéuticos’

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El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), Yves Bot, dictaminó hoy que es legal que un Estado miembro reserve la tenencia y explotación de una farmacia exclusivamente a los farmacéuticos. Esta restricción a la libertad de estableciento está justificada, a juicio del abogado general, el objetivo de garantizar un abasteciento adecuado de medicamentos a la población. Así lo afirma Europa Press en un comunicado.

 

El dictamen rechaza así los argumentos de la Comisión Europea a favor de la liberalización de las farmacias y respalda expresamente las legislaciones italiana y alemana, que habían sido cuestionadas ante el Tribunal. El Ejecutivo comunitario también ha expedientado a España las restricciones a la apertura de farmacias, aunque este caso todavía no ha llegado al TUE.

En sus conclusiones, el abogado general del TUE señala que las disposiciones nacionales en cuestión tienen como efecto pedir que los nacionales de los Estados miembros que no sean farmacéuticos posean y exploten una farmacia en Italia y Alemania. Ello supone una restricción a la libertad de estableciento.

No obstante, el dictamen resalta que este obstáculo no vulnera la legislación comunitaria que la restricción a la libertad de estableciento está justificada en este caso el objetivo de la protección de la salud pública.

A juicio de Bot, la prohibición para los no farmacéuticos de poseer y explotar una farmacia 'es apropiada para alcanzar este objetivo, ya que garantiza un abasteciento adecuado de medicamentos a la población con suficientes garantías en materia de calidad y variedad'.

'Una persona, a la vez propietario y empleador, que posea una farmacia influye inevitablemente en la política seguida ésta en materia de dispensación de medicamentos. Por tanto, la elección efectuada los legisladores italiano y alemán de vincular la competencia profesional y la propiedad económica de la farmacia se justifica en relación con el objetivo de protección de la salud pública', apunta el dictamen.

'Al decidir reservar la propiedad y la explotación de las farmacias exclusivamente a los farmacéuticos, los legisladores italiano y alemán han querido garantizar así la independencia de los farmacéuticos, haciendo la estructura económica de las farmacias penetrable para las influencias externas, procedentes ejemplo de los fabricantes de medicamentos o de los mayoristas', insiste el abogado general. Esta independencia es 'una garantía del libre ejercicio de la profesión'.

Además, reservar la tenencia y la explotación de farmacias exclusivamente a los farmacéuticos no va más allá de lo necesario para garantizar un nivel elevado de protección de la salud pública, agrega el dictamen.

Considera que el estableciento de un régen de responsabilidad tanto del explotador que no sea farmacéutico como de los farmacéuticos cuenta ajena, y de un régen de sanciones contra ellos, no es suficiente para garantizar un nivel de protección de la salud pública igualmente elevado, ya que se trata principalmente de medidas destinadas a corregir a posteriori los excesos cuando éstos se hayan producido efectivamente.

Por otra parte, esta que la mera obligación de presencia de un farmacéutico cuenta ajena para ejecutar las tareas que plican una relación con terceros no garantiza, con la misma exigencia de calidad y de parcialidad del acto de dispensación de medicamentos, el abasteciento adecuado de medicamentos a la población.

La opinión del abogado general no vincula al Tribunal de Justicia. Su función consiste en proponerle, con absoluta independencia, una solución jurídica al asunto del que se ocupa. Los jueces comienzan ahora sus deliberaciones sobre este asunto. La sentencia se dictará en un momento posterior.

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