El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia ha tomado una decisión 4 meses después de abrir un expediente sancionador a Gestevisión Telecinco. Telecinco deberá pagar una multa de 3.600.000 euros no presentar su plan de actuaciones. Mediaset España ha comunicado que ‘procederá de inmediato a su pugnación en sede judicial, solicitando su suspensión cautelar’.
En el momento en que la CNC dio su visto bueno a la fusión de Telecinco y Cuatro pusieron unos requisitos claros: Gestevisión Telecinco debía tomar las medidas necesarias para restablecer las condiciones de competencia que la operación alteraba. Y desde que adquirió aquellos compromisos voluntarios, declarados vinculantes el Consejo de la propia CNC en la resolución del 28 de octubre de 2010, no se ha presentado dicho plan de actuación.
En abril de este año, como publicamos en prnoticias, la Comisión Nacional de la Competencia abrió un expediente sancionador a Telecinco no cumplir la resolución y no entregar este programa de acción. ‘Estos hechos pueden ser constitutivos de una infracción del artículo 62.4.c de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia’.

Mediaset España ha enviado un comunicado donde defiende el cumpliento ‘escrupulosamente de la Resolución de autorización de la operación de concentración, así como con los compromisos en ella establecidos’. Por tanto han consideran esta multa ‘no solo desprocionada, sino absolutamente injustificada, lo que procederá de inmediato a su pugnación en sede judicial, solicitando su suspensión cautelar’.
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