En la Tierra a martes, 21 mayo, 2024

El topo

Nos cuenta un topo cómo van las cosas del doctor, profesor, de la enfermería…

Es sólo el principio…
MÁXIMO GONZÁLEZ JURADO no tiene un horizonte judicial nada confortable. Desde que el 16 de marzo de 2021 se presentase por el CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE ENFERMERÍA DE ESPAÑA contra él una querella por apropiación indebida y administración desleal, la rueda no ha parado de girar y los procesos avanzan irremediablemente, investigando el destino dado a las aportaciones que, por colegiado y mes, son fijadas anualmente por la Asamblea del Consejo General con carácter obligatorio para todos los Colegios de España.
Bajo el prisma del Juzgado y con las reglas del Código Penal, se analiza el presunto desfalco de un total de 19.741.395,29 euros . Con letras para que no haya equívocos: diecinueve millones!!!!

El relato incluye el siguiente desglose:
Hecho 1º
174.153, 08 euros por la diferencia entre el precio de compra y el valor de mercado fijado por tasación a efectos de garantía hipotecaria. Más otros 143.656,54 euros correspondientes al alquiler satisfecho, todo ello en favor de Eloína González Fernández, hija del querellado Máximo González.
Hecho 2º
841.262,45 euros, facturados por las mercantiles vinculadas a D. Fermín Verdeguer.
Hecho 3º
12.703.106,66 euros, sobrefacturados por ASSECO durante varios años,
Hecho 4º
572.935,65 euros, como consecuencia de la contratación de Doña Elenice y de Doña Cybele así como de los gastos universitarios de esta última.
Hecho 5º
2.315.419,74 euros, como gastos personales cargados en tarjetas de crédito y abonos vinculados con eventos deportivos de exclusivo disfrute de los querellados.
Hecho 6º
1.833.750 euros, sobreprecio de compraventa de parcelas.
Hecho 7º
1.032.111,17 euros de la devolución de pagarés.
Hecho 8º
125.000 euros referentes al contrato con DTZ IBERICA.

Presuntamente, supuestamente o indiciariamente en el presente caso concurren todos los elementos para considerar que los hechos relatados en la querella, tengan la consideración de delito continuado de administración desleal y otro delito continuado de apropiación indebida. (Auto de 18 de octubre de dos mil veintidós, de la Audiencia Provincial de Madrid).
Por el momento no hay más comentarios. Ya vendrán acompañados de sentencias.
Seguiremos Informando…

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