Las asociaciones de víctas y de prevención de accidentes de tráfico han presentado un documento conjunto a la Dirección General de Seguros en el que se recogen las modificaciones que, a su juicio, deben ser incluidas en una próxa reforma del Sistema de Valoración. Entre sus reivindicaciones se encuentran que el baremo recoja las necesidades que tienen las víctas y sus familias y que se priorice a los ‘grandes lesionados’ y fallecidos con cargas familiares. Hay que tener en cuenta que es la prera vez que se solicita la participación de estas asociaciones.
Y es que el Baremo que se utiliza en España se promulgó en 1995 y en 2003 tuvo una modificación que ‘redujo sustancialmente los derechos e indemnizaciones de las víctas’, señalan. Las diversas modificaciones, solicitadas parte de las asociaciones de víctas y prevención, serán tratadas en el Grupo de Trabajo, que será constituido, en breve, la Dirección General de Seguros. El proyecto de modificación del baremo, que recogerá las necesidades que tienen las víctas y sus familias cuando sufren un accidente de circulación, se trasladará entonces al Ministerio de Justicia.
Dentro de las principales propuestas, hay que destacar la defensión de la existencia de un Sistema para la Valoración de los Daños y Perjuicios causados a las Personas en Accidentes de Circulación y la labor de función social y de protección y resarciento del Seguro Obligatorio del Automóvil, lo que añaden que toda persona o familia que sufre un daño o perjuicio con ocasión de un siniestro de tráfico ‘debe ser justamente indemnizada’. Además, recalcan que el sistema y cálculo de las indemnizaciones, debe ser claro y sencillo de interpretar para los ciudadanos, Tribunales de Justicia y Entidades Aseguradoras.
En este sentido, dichas asociaciones señalan que las cuantías que fija el vigente baremo ‘son insuficiente’, debiéndose exigir su actualización para atender las necesidades de las víctas orientadas a su autonomía personal e inclusión social. De hecho, consideran que la aplicación de los actuales criterios para determinar la responsabilidad, quiénes son los perjudicados y el cálculo actual del te de las indemnizaciones, resulta, en muchas ocasiones, ‘injusto e insuficiente’.
Por otro lado, hacen hincapié en la definición de ‘victas de los siniestros’. Aquí, creen necesario incluir a las familias, ya que reciben el pacto y sufren directamente las consecuencias de los siniestros, especialmente en aquellos casos en que resultan grandes lesionados o el falleciento de un ser querido. Por tanto, inciden en que los familiares deben ser indemnizados, no solo como perjudicados en los casos de falleciento y de grandes lesionados, sino además, ‘ los gastos y perjuicios de toda índole que sufran (gastos de desplazamientos, pérdidas de jornadas de trabajo, posibilidad vida laboral el cuidado de la vícta, lucro cesante tales circunstancias, etc.) y deben tener derecho a recibir tratamiento médico y psicológico cubierto íntegramente la Entidad Aseguradora’.
PRIORIDAD PARA GRANDES LESIONADOS Y FALLECIDOS CON CARGAS FAMILIARES
Hay que destacar que el documento solicita prioridad especial para los ‘grandes lesionados’ (aquellos que sufren lesiones medulares, tetraplejias, paraplejias, estados de coma, vegetativos persistentes, lesiones neurológicas o neuropsiquiátricas, graves alteraciones mentales o psíquicas, amputaciones, etc…) y fallecidos con cargas familiares, pero sin olvidar a cualquier lesionado que resulta vícta de un accidente de tráfico.
En este sentido, las asociaciones afirman que los lesionados graves permanente ‘no son valoradas adecuadamente en la actualidad’, ya que no se tienen en cuenta las necesidades futuras. Aquí, destacan la necesidad de valorar las circunstancias personales y familiares y tener muy en cuenta la edad del lesionado para calcular adecuadamente sus necesidades.
Asismo, se pide un aumento general de las indemnizaciones muerte de tal manera que, además de incluirse el daño moral la pérdida de un ser querido, se garantice a las personas que dependían económicamente del fallecido, que su vida no sufrirá variaciones tantes en su capacidad y posibilidad de desarrollo económico.
En esta línea, valoran un sistema de indemnización finalista silar al actual, compaginado con un pago de renta (silar al de orfandad y viudedad), que garanticen las necesidades básicas y adaptado a las circunstancias personales que no debería ser inamovible (silar a las situaciones de pensión de alentos en situación de divorcio) y que podría variar con el cambio de las circunstancias mediante resolución judicial.
Por últo, las asociaciones hacen referencia al daño cerebral adquirido (DCA). Señalan que el TCE (traumatismo craneoencefálico) es una de las patologías con gran incidencia entre los jóvenes y que en la mayoría de los casos (en torno al 70%) el TCE tiene su origen en accidente de tráfico. Aquí, aseguran que existe un grave problema asistencial después del tratamiento inicial en la Sanidad Pública y que hay una dificultad a la hora de encontrar centros adecuados para continuar los tratamientos de rehabilitación, con tantes costes derivados de esos tratamientos, la falta de unidades de neurorehabilitación específica. Consideran que debe establecerse la garantía de que las Entidades Aseguradoras asuman el gasto sanitario de estos procesos.
Hay que destacar que dicho documento ha sido elaborado AESLEME (Asociación para el Estudio de la Lesión Medular Espinal), la Asociación Estatal de Víctas de Accidentes, ASPAYM (de Lesionados Medulares y Grandes Discapacitados Físicos), Asociación Estatal de Víctas de Accidentes DIA, FEDACE (Federación Española de Daño Cerebral), PATAPAT (Asociación Española de Prevención de Accidentes de Tráfico), PREDIF (Plataforma Representativa Estatal de Discapacitados Físicos) y Stop Accidentes.
Seguiremos Informando…