En la Tierra a sábado, noviembre 16, 2024

Aprobado el nuevo Reglamento de Centros de Reconocimiento de Conductores

Obtener el Certificado de Reconociento sin apenas haber pasado las pruebas necesarias y tener que acudir a la Jefatura de Tráfico para la renovación tiene los días contados. El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un nuevo Reglamento de Centros de Reconociento de Conductores (CRC). Entre las novedades hay que destacar la actualización y mejora del protocolo de exploración médicopsicológico elaborado entre el Ministerio de Sanidad y Tráfico. Asismo, se deja a un lado el papel. Y es que la renovación de los permisos podrá realizarse íntegramente desde en el Centro de Reconociento sin tener que ir a la Jefatura de Tráfico.

 

El nuevo Reglamento busca ‘crear una única disposición normativa que recoja todos los aspectos referidos a dicha materia’, señalan desde la Dirección General de Tráfico. Concretamente, este nuevo Reglamento de Centros de Reconociento de Conductores (CRC) se caracteriza un mayor control de estos centros y la incoración de la Administración Electrónica.

 

Fruto del acuerdo entre Sanidad y la DGT, se ha actualizado el protocolo de exploración médicopsicológica. Este nuevo protocolo exigirá a los centros que además de realizar  determinadas exploraciones (auditiva, visual o coordinación de movientos) cumplenten todos los apartados del protocolo con el objetivo de dejar constancia de su ejecución en el registro informático. Por su parte, el ciudadano tendrá que realizar una declaración firmada confirmando que no padece determinadas enfermedades.

 

En lo que se refiere a la Administración Electrónica, el proceso de expedición de los informes de aptitud pasa de formato papel a formato electrónico.  Y es que hasta ahora, el certificado de aptitud se expedía en formato papel, donde únicamente quedaban reflejados los resultados de la exploración del conductor: Apto, no Apto o Apto con Restricciones. A partir de ahora se tendrá conociento completo de los resultados de las exploraciones conforme al protocolo antes aludido, de todos los centros habilitados y de todos los conductores, de modo que se dispondrá de información completa y de ámbito nacional.

 

Asismo, dicha documentación quedará recogida en sote informático, lo que permitirá un mayor seguiento del rigor del trabajo que llevan a cabo los centros y, en caso de observarse desviaciones injustificadas, se pueda avisar de forma documentada a las autoridades sanitarias para que intervengan. También se posibilita la realización de estudios sobre problemas sanitarios detectados a la población conductora.

 

Por otro lado, se facilitará el envío del certificado de aptitud en tiempo real medios telemáticos al Registro de Conductores, lo que facultará hacer un seguiento en tiempo real del trabajo que desarrollan los centros y supondrá un ahorro de trabajo administrativo, equivalente al trabajo que desarrollan aproxadamente 200 funcionarios al año. Según Tráfico, estos funcionarios podrán dedicarse, entre otras  labores, a la inspección y   control de calidad de los centros.

 

Y es que, anualmente, se tramitan unos 4,5 millones de certificados de aptitud (1 millón de nuevos conductores y 3,5 millones de renovaciones) que hasta ahora eran introducidos manualmente los operadores de información en las Jefaturas Provinciales de Tráfico.

 

En lo que se refiere al conductor, éste tenía que recoger su certificado y desplazarse nuevamente a la Jefatura Provincial para presentar la solicitud de renovación, con el certificado, la foto y pagar la tasa. La nueva norma ofrece la posibilidad para aquellos ciudadanos que lo deseen de entregar en el mismo Centro de Reconociento de Conductores la documentación necesaria para la renovación, realizar allí mismo el pago de la tasa y dejando la documentación para que el CRC la envíe a la Jefatura Provincial de Tráfico.

 

Además con la nueva normativa, el certificado de aptitud tendrá validez nacional, no provincial como hasta ahora, lo que significa que el conductor que tenga que renovar su permiso de conducción lo pueda realizar en cualquier lugar donde haya un centro de reconociento o una Jefatura de Tráfico.

 

Recordemos que desde el 9 de diciembre de 2009, los plazos de vigencia de los permisos de conducción se ampliaron, de modo, que los permisos ordinarios de turismos o licencias tienen una validez de 10 años hasta que el conductor cumple los 65, edad, a partir de la cual la validez es de 5 años. Para los permisos profesionales (camiones y autobuses), la validez es de 5 años hasta que el conductor cumple los 65 y de 3 años a partir de los 65.

 

Centros de Reconociento más inspeccionados

Las inspecciones que se realizan a los centros de reconociento también cambian. Se pasa de la inspección aleatoria, que es la que se hacía hasta ahora no disponer de datos sistematizados de actuación de los centros, a la inspección dirigida en base a los resultados de las exploraciones enviadas cada centro al Registro Telemático.

 

Además, al tramitarse la revisiones de forma automática (3,5 millones de revisiones al año) disminuirá de forma significativa la carga administrativa en las Jefaturas y permitirá dedicar más recursos humanos y mayor esfuerzo a incrementar las inspecciones a los Centros de Reconociento de Conductores.

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