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Éxito de Periodista Digital

Nuestra felicitaciones para Periodista Digital que se ha anotado un nuevo triunfo al dar con lujo de detalles el Caso Pedrojota y los menores judiciales de los putados en la grabación del video en que el director de EL MUNDO aparecía realizando actos sexuales poco convencionales.

Exuperancia Rapú, Rodríguez Menénedez, Goñi Tirapu, Patón y SánchezCantalejo tratarán de que los magistrados rebajen sus penas de cárcel
Pedro J. Ramírez intentará hoy que el Tribunal Supremo case la sentencia de la Audiencia Provincial del vídeo sexual y condene a Rafael Vera

Elena de Regoyos, Periodista Digital (19/10/04, 07.49 horas)

La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo celebra hoy a las 10.30 horas en audiencia pública la vista del recurso de casación contra la sentencia del llamado “caso del vídeo sexual de Pedrojota Ramírez“. La Sala, presidida el Joaquín Delgado y compuesta los magistrados Juan Saavedra, Julián Sánchez Melgar, Miguel Colmenero y Juan Ramón Berdugo, escuchará las alegaciones de los abogados de cada una de las partes partes en el proceso, tanto del director de El Mundo como los seis condenados a diferentes penas de cárcel la grabación y difusión de un vídeo en que Pedrojota aparecía manteniendo relaciones sexuales con Exuperancia Rapú en 1997.

La Audiencia Provincial de Madrid, según la sentencia el 31 de julio de 2002, condenó, como responsables de un delito contra la intidad ,a cuatro años de prisión a Exuperancia RapúJosé María González SánchezCantalejo (la persona que grabó el vídeo escondido en un armario) y Angel Patón (asistente personal de Felipe González durante seis años en La Moncloa); a dos años de prisión a José Ramón Goñi Tirapu (ex gobernador civil de Guipúzcoa y estrecho colaborador de Barrionuevo, Corcuera y Vera), Emilio Rodríguez Menéndez (abogado y entonces editor del desaparecido diario ‘Ya’) y Javier Bleda (director del ‘Ya’ en 1997). Y absolvió al ex secretario de Estado para la Seguridad, Rafael Vera.
 
Ni el director de El Mundo considera que Vera fue el instigador del “video sexual” ni ninguno de los seis condenados quedaron satisfechos con la sentencia de la Audiencia Provincial, lo recurrieron al Supremo, cuyos magistrados deberán decidir ahora si declaran la firmeza de la sentencia lo más probable, según los expertos consultados Periodista Digital, lo que Exuperancia Rapú y resto de condenados ingresarían en prisión, o el contrario aceptan los argumentos de las partes y casan total o parcialmente la resolución modificando las penas o incluso condenando al ex secretario de Estado para la Seguridad. Rafael Vera.
 
El recurso de Pedrojota

Según declaró a Periodistadigital el procurador de Pedro J. Ramírez, José Luis Ferrer Recuero, en esta ocasión “los argumentos irán donde ya fueron en la Audiencia Nacional”, lo que da a entender que se insistirá en la culpabilidad de Rafael Vera, a quien la Audiencia Provincial absolvió, y en la necesidad de endurecer las condenas de los seis plicados.

Pedrojota no quedó “nada contento” con la absolución de Vera, según afirma su procurador, Ferrer Recuero, quien recuerda que el director de El Mundo acusaba al ex secretario de Estado para la Seguridad de ser el principal instigador del “vídeo sexual” “como venganza la línea editorial de El Mundo” –en lo relativo a los GAL, según el mismo Pedrojota declaró cuando conoció la sentencia hace dos años.

No obstante, poco más se ha podido saber de los argumentos que esgrirá el abogado de Pedro J., Luis Jordana de Poza, del bufete Cuatrecases, que permaneció desde el vies pasado y todo el fin de semana en Londres, al igual que el director de El Mundo, y que pasó toda la jornada de ayer reunido con sus ayudantes “preparando la vista y con orden de que no se le pasen llamadas”, según fuentes de su despacho.
 
El director de El Mundo rechazó las numerosas peticiones de Periodista Digital para ser entrevistado ayer publicamos una entrevista con Exuperancia Rapú en la que contaba su versión del caso, e incluso declinó hacer declaración alguna.
 
El recurso de Exuperancia
 
Alicia Moreno, la abogada de Exuperancia Rapú mujer que aparece en el vídeo manteniendo relaciones sexuales con Pedro J. Ramírez, considera que “la sentencia tendría que haber sido absolutoria para mi cliente”. Su recurso de casación se basa, tanto, en la aplicación errónea que la sentencia de la Audiencia Provincial hace de la Ley de Enjuiciamiento Crinal y la Constitución, afirmando contundente que “el artículo 197 del Código Penal (del descubriento y revelación de secretos) está mal aplicado y los hechos juzgados en particular no constituyen ese delito”.

Además, la letrada declara que hay numerosos errores de forma que tuvieron lugar en el juicio anterior, como “la denegación de pruebas –cintas con conversaciones de Exuperancia que le dejaron en la indefensión, la denegación de preguntas durante el juicio que hubieran aclarado mejor el caso o errores en el interrogatorio que se le hizo, ya que se le acortó su testonio, pidiendo exponer claramente lo ocurrido”.

Según la abogada, “lo más habitual es que los recursos de casación se desesten”, y pese a asegurar que son conscientes de las dificultades, se trata de un delito –de vulneración de la intidad y revelación de secretos cuya inclusión en el Código Penal es muy reciente –desde 1995, lo que no existe jurisprudencia asentada al respecto y los magistrados del Tribunal Supremo carecen de casos silares en los que apoyarse.
 
Siguientes pasos

Una vez expuestos los argumentos de cada una de las partes en la vista a celebrar hoy, los cinco magistrados del Tribunal Supremo encargados del caso deberán dictar sentencia en 20 días, plazo que no suele cumplirse. Dicha sentencia no da lugar a un nuevo juicio, sino que en ella directamente se dice si la han admitido o no, y qué han decidido los magistrados al respecto, como, ejemplo, revocar la sentencia anterior y dictar una absolutoria, ampliar la condena de un acusado, condenar a algún putado que haya sido absuelto o rebajar o incrementar una multa.

Si aún así las diferentes partes no quedan satisfechas, podrían contemplar la posibilidad de interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Por otro lado, según la abogada de Exuperancia Rapú, “si la sentencia dicta que hay un quebrantamiento formal –ella considera que lo hay podría celebrarse un nuevo juicio” en la Audiencia Provincial y con nuevos magistrados.
 
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