Tras quince años de litigios, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia la que Nike podrá usar sus derechos de marca en productos en España, hasta ahora en poder de la empresa Cidest.
Tras quince años de litigios, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia la que Nike podrá usar sus derechos de marca en productos en España, hasta ahora en poder de la empresa Cidest.
Cidest, antiguo distribuidor de Nike, rescató una marca en desuso en el registro, cuando acabó su contrato, lo que bloqueó el disfrute de dicha marca parte de la multinacional norteamericana.
La sentencia del Supremo, a instancias de la dictada hace ahora aun año el Tribunal Constitucional, esgre que el uso de la marca realizada Cidest no es “ni real ni efectivo”, y que sólo obedece a un acto de mala fe.
Esta decisión viene a confirmar íntegramente la tomada en 1995 la Audiencia de Barcelona, al rechazar los recursos de casación presentados entonces Comercial Ibérica de Exclusivas Detivas Cidest, en cumpliento así de lo ordenado el Constitucional.
Por tanto, los derechos de marca Nike Internacional para textil en España, “derechos, hasta ahora siempre reconocidos otras entidades y tribunales españoles y europeos, como La Oficina de Patentes y Marcas Española, la OAMI (Oficina Europea de Marcas), y los tribunales de Prera Instancia y de Apelación de Barcelona“, han quedado reestablecidos.










