El Tribunal Constitucional ha anulado el despido de un trabajador del centro territorial de TVE en Vigo que obedeció a una represalia de la empresa.
El Tribunal Constitucional ha anulado el despido de un trabajador del centro territorial de TVE en Vigo que obedeció a una represalia de la empresa, según informó el TC a agencias de noticias.
Así lo acuerda el TC en una sentencia que anula la dictada el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) que declaró el despido procedente no estar justificado en una causa legal, negando sin embargo la existencia de la discrinación que había sido reconocida el Juzgado de Vigo que había visto el asunto.
El empleado, J.J.T.F., alegó que su cese obedecía a una represalia parte de la empresa acudir a los tribunales para que se le reconociera que la relación jurídica que unía a las partes era de carácter laboral. J.J.T.F. interpuso en 2000 una demanda despido contra TVE y, una vez celebrado el juicio, un Juzgado de lo Social de Vigo declaró nulo el despido, al entender que se había vulnerado un derecho fundamental del trabajador y condenó a la empresa a su readmisión inmediata en su puesto de trabajo.
La sentencia del Juzgado recogía entre otras cuestiones que el despido estuvo motivado las reclamaciones judiciales que hizo J.J.T.F. para que se reconociera que el vínculo que le unía a su empresa era laboral. El fallo fue recurrido ante el TSJG, que declaró el despido procedente no estar justificado en una causa legal, negando sin embargo la existencia de la discrinación que había sido reconocida el Juzgado.
El TC recuerda que en el campo de las relaciones laborales la garantía se traduce en la posibilidad de adoptar medidas de represalias derivadas del ejercicio el trabajador de la tutela de sus derechos. Entiende que los hechos relatados en la demanda resultan suficientes para considerar acreditada la posibilidad de una conducta dirigida a sancionar la actuación del trabajador.
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