En la Tierra a jueves, diciembre 18, 2025

Condenan el uso de tarjetas pirata para Digital Plus

El TC ha rechazado el recurso de amparo solicitado dos personas condenadas la fabricación, venta y distribución de tarjetas para descodificar Canal Satélite Digital.

El TC ha rechazado el recurso de amparo solicitado dos personas que habían sido condenados la fabricación, venta y distribución de tarjetas para descodificar y acceder a la programación de Canal Satélite Digital.

El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso de amparo solicitado dos personas que habían sido condenados el Juzgado de lo Penal en prera instancia y la Audiencia Provincial de Barcelona, en segunda instancia, la fabricación, venta y distribución de tarjetas para descodificar y acceder de manera no autorizada a la programación de Canal Satélite Digital (hoy Digital +). Igualmente habían sido condenados proceder a la copia de CD’s de todo tipo y comercializarlos posteriormente.

Según Sogecable, en esta sentencia el Tribunal Constitucional sienta un precedente jurídico de gran valor al confirmar como delito muy grave la fabricación, venta, distribución y uso de tarjetas piratas para acceder a la televisión de pago y justificar la interceptación de las comunicaciones para perseguir tales conductas al considerar de suma gravedad este tipo de delitos.

La Audiencia Provincial de Barcelona condenó a los acusados, en sentencia de 4 de noviembre de 2002, un delito de descubriento y revelación de secretos a las penas de un año de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de doce meses. Además, a la condena anterior, se añadió la obligación de indemnizar a Canal Satélite Digital los daños y perjuicios que habían causado a esta empresa con tales conductas.

El pasado 3 de abril de 2006, la Sala Prera del Tribunal Constitucional dictó una sentencia que puede considerarse histórica, al ser la prera vez que el alto tribunal se pronuncia sobre la tipificación penal de estas conductas, creando así un precedente de enorme valor jurídico, y al justificar la posibilidad de intervenciones telefónicas  a los autores de las mismas, lo cual rechaza el amparo solicitado.

 

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