En la Tierra a viernes, diciembre 20, 2024

La Corte condena a periodistas de Chilevisión

SANTIAGO (11/05/06) La Corte de Apelaciones de la capital chilena confirmó la condena puesta la ministra Gabriela Pérez contra tres periodistas y un productor del canal Chilevisión, que emitieron el 5 de noviembre de 2003 un vídeo grabado con cámara oculta. En él, el entonces juez Daniel Calvo daba cuenta de sus visitas a un local homosexual.

SANTIAGO (11/05/06) La Corte de Apelaciones de la capital chilena  confirmó la condena puesta la ministra Gabriela Pérez contra tres periodistas y un productor del canal Chilevisión, que emitieron el 5 de noviembre de 2003 un vídeo grabado con cámara oculta donde el entonces juez Daniel Calvo daba cuenta de sus visitas a un local frecuentado el colectivo homosexual.

 

La grabación se dio a conocer justo cuando el magistrado encabezaba las pesquisas del caso Spiniak, que investigaba al empresario Claudio Spiniak manejar una red de pederastas. Después de que se difundiera la información, el juez Calvo debió abandonar el caso y fue suspendido sin goce de sueldo durante cuatro meses y removido del cargo de ministro de Corte para ser nombrado fiscal.

 

El tribunal consideró que la grabación no fue hecha sobre la base del interés público y que se indagó en la vida ínta de Calvo sin que luego se comprobara que éste había cometido algún delito o una falta moral grave.

 

El fallo condena a Alejandro Guilllier, ex jefe de prensa de Chilevisión, el periodista Fernando Reyes, el editor general Patricio Caldichoury y el productor Raúl Poblete a 61 días de presidio remitido y al pago de 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Los abogados defensores del canal y de los periodistas apelarán la sentencia ante la Corte Suprema que, según declararon en marzo pasado, la magistrada que emitió el prer fallo crinalizó un supuesto delito de opinión al aplicar prera vez una norma contemplada en el nuevo Código de Procesal Penal.

 

 

 

La condena pudo haber sido mayor

 

Una vez que se hizo público el vídeo, el mismo magistrado reconoció sus visitas al local y admitió que su conducta podía afectar a la investigación de la que estaba a cargo. La grabación fue transmitida tras un acuerdo previo con la Corte Suprema.

 

En el fallo la ministra estableció que una vez realizadas las grabaciones, Guillier y Reyes se reunieron con el juez Calvo y el director de Comunicaciones del Poder Judicial, Miguel González, antes de difundir el retaje, lo que permitió al magistrado informar a su familia y a sus superiores de lo que iba a ocurrir. En esa ocasión, Calvo autorizó la difusión y pidió que se tratara el contenido informativo con “altura de miras”. Este permiso del magistrado redujo la condena a los informadores.

 

No ocurrió lo mismo con la persona que grabó el vídeo, Sebastián Rodríguez, que era el dueño del local al que  asistía el magistrado y que fue condenado a tres años de cárcel efectiva y multas en dinero haber grabado a Calvo sin su consentiento y haberse demostrado el delito de extorsión.

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