La reforma del texto de la Ley de Propiedad Intelectual aprobada en el pleno del Congreso permite la plantación de un canon digital amparándose en el derecho de copia privada. En concreto la remuneración queda consagrada y afecta a cualquier ‘sote idóneo’ para grabar y reproducir archivos como CD y DVD, pero también MP3, móviles y otros sotes. Llega a su final la batalla librada entre la industria cultural representada la SGAE, y los consumidores agrupados en la plataforma todoscotraelcanon.com.
La reforma del texto de
Hoy tuvo lugar la votación en el pleno del Congreso de una de las leyes más polémicas de esta legislatura: el proyecto de reforma de
Incluso en el propio Dictamen de
Los miembros de dicha plataforma han decidido presentar un escrito ante el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Ministerio de Cultura en el que se solicita que se tenga en cuenta a la plataforma en el desarrollo del reglamento de la nueva LPI. Asismo, la plataforma deja claro que no tiene sentido que los que establezcan el precio de un producto sean los propios beneficiarios y afirman que los autores quieren que el precio que se pague el canon sea procional a la capacidad de almacenamiento del producto.
La norma traslada el modelo tradicional del canon analógico, que desde 1992 se ha aplicado a casetes y cintas de vídeo, al mundo digital. Este canon es una cantidad fija que las entidades de gestión de derechos de autor cobran como compensación las copias privadas que el consumidor puede realizar de materiales sujetos a propiedad intelectual. Esa cantidad se tiene que repartir, a su vez, entre los autores.
Esta norma se ha querido adaptar a las directivas europeas la legislación española sobre derechos de autor. Se trata de un paso previo a la redacción de una nueva reforma, que presumiblemente comenzará a ser elaborada a finales de año. La nueva LPI ha tenido una tramitación parlamentaria que ha durado un año. El canon se define como un derecho ‘irrenunciable’ para los autores.
Consagra el canon para los sotes digitales ‘idóneos’, algo que puede abarcar no sólo los CD y DVD vírgenes, sino reproductores MP3, teléfonos móviles multedia, escáneres, presoras o lápices de memoria. Aunque la cuantía del canon deberá ser pactada entre la industria y las entidades de gestión, ha de tener el visto bueno del Gobierno. Lo anterior supondrá un encareciento del precio de dichos productos ya que, el precio del canon se traslada finalmente al precio final que paga al consumidor.
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