En la Tierra a miércoles, diciembre 17, 2025

El Deportivo continúa su batalla contra La Voz de Galicia

Desde hace algunos meses el club de fútbol Detivo La Coruña ha entrado en una batalla contra La Voz de Galicia. El equipo dirigido César Lendoiro vetó la entrada al estadio Riazor a los informadores del periódico gallego así como su filial Radio Voz. En junio del año pasado, la Audiencia Provincial falló a favor del diario, exigiendo una indemnización y la emisión de credenciales oficiales. El problema es que De St, participado en partes iguales Zeta y el De, publicó partes de la sentencia de acuerdo a sus intereses, lo que generó la intervención de la FAPE.

Desde hace algunos meses el club de fútbol Detivo La Coruña ha entrado en una batalla contra la Voz de Galicia. El equipo dirigido César Lendoiro vetó la entrada al estadio Riazor a los informadores del periódico gallego así como su filial Radio Voz. En junio del año pasado, la Audiencia Provincial falló a favor del diario, exigiendo una indemnización y la emisión de credenciales oficiales. El problema es que De St, participado en partes iguales Zeta y el De, publicó partes de la sentencia de acuerdo a sus intereses, lo que generó la intervención de la FAPE.  

 

En concreto la Comisión de Quejas y Deontologí­a de la FAPE ha resuelto que De St ha faltado a la verdad en la información que publica el 29 de junio del 2005 acerca de una sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña, en la que se fallaba a favor de La Voz de Galicia y de Radio Voz en el contencioso que ambos medios interpusieron contra el Real Club Detivo las restricciones puestas el club para que ejercitaran su derecho a la información. Según la FAPE, De St, ha  faltado a la verdad al interpretar de forma sesgada a sus intereses partes de la sentencia ocultando las que daban la razón al diario generalista.

 

La Audiencia Provincial falló en mayo  del 2005 el derecho de La Voz y Radio Voz a acceder libre y gratuitamente al estadio municipal de Riazor y a sus dependencias anexas o complementarias en los mismos términos que lo venían haciendo hasta antes de que el De defendiera su derecho de cobrar a los periodistas para su ingreso. La sentencia considera probado que estas restricciones sólo fueron aplicadas a los dos medios de la Coración Voz de Galicia, lo que el juez considera que se han incurrido en prácticas discrinatorias.

 

No obstante, De St enfocó la sentencia desde un particular estilo, con el titular: ‘La Audiencia niega a La Voz el derecho de acceso de un periodista y un fotógrafo que le habí­a reconocido el juzgado’, una información en la que aseguraba que la sentencia reconocí­a el derecho del Club a obtener un beneficio económico el acceso de los medios de comunicación. Según la FAPE, el diario detivo omitió las conclusiones de los párrafos siguientes, en los que se afirmaba que el derecho a la propiedad privada o de la libertad de empresa estaba supeditado en este caso a la libertad de expresión y del derecho a la comunicación o recepción de una información veraz.

 

La sentencia concluye (conclusión que también se elude en la información de De St) que ‘la cesión de derechos de retransmisión o emisión, tanto si se realizan en exclusiva como si no tiene tal carácter, no puede litar o restringir el derecho a la información’, y ‘para hacer efectivo tal derecho, los medios de comunicación social dispondrán de libre acceso a los estadios y a los recintos detivos’.

 

La FAPE concluye que ‘advertida la difusión de material falso, engañoso o deformado, estará obligado (el periodista o el medio) a corregir el error sufrido con toda rapidez y con el mismo despliegue tipográfico y/o audiovisual empleados para su difusión. Asismo, difundirá a través de su medio una disculpa cuando así proceda’.

 

Seguiremos Informando…

 

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