El actual alcalde de Seseña, Manuel Fuentes, viendo que la “merde” le llegaba al cuello le dirigió una carta escrito, y con acuse de recibo, al todavía Consejero de Obras Públicas (ahora lo es de urbanismo y Vivienda), Alejandro Gil Díaz, que su interés reproducos a continuación. Como podrán comprobar es una petición de SOCORRO en toda regla.
“Que como sin duda conoce, el Ayuntamiento de Seseña se halla tramitando, de fórmula conjunta, un Programa de Actuación Urbanizadora y un Plan especial de infraestructura, promovidos la mercantil “ONDE 2000 S.L”, con el propósito de desarrollar el sector del término municipal denominado “El Quiñón”, mediante la construcción de 13.508 viviendas en bloques de 10 y 11 alturas, y la ocupación de
Con independencia de otras consideraciones que inciden en las posibilidades reales de lograr un correcto desarrollo urbanístico(suministro de agua, redes de alcantarillado, energía eléctrica, red viaria, tráfico rodado para una población prevista de unas CIEN MIL PERSONAS), estamos convencidos de que la figura de planeamiento que se pretende utilizara para promover el desarrollo urbanístico de un tante sector del territorio municipal de Seseña no se ajusta a las determinaciones establecidas en
De hecho la propuesta presentada constituye realmente una revisión encubierta de las NNSS de Seseña y su aprobación y ejecución producirán inevitablemente, un desarrollo incontrolado del término municipal, con el creciento salvaje y descontrolado, lo que evitaría planteando una revisión del planeamiento municipal, instrumento adecuado para garantizar un diseño racional y un desarrollo armónico del territorio de acuerdo con sus deseos de creciento y que le permitiera disponer de las dotaciones, recursos patroniales y servicios más necesitados así como los mecanismos más adecuados para el control de las edificaciones y la obtención de las cesiones en el tiempo y forma previsto en
La figura de la revisión del planteamiento y no la de su modificación es la prevista
b) Desarrollo industrial. Existen propuestas de instalación de industrias en el Municipio materializadas en proyectos presentados con las correspondientes propuestas de inclusión en el planteamiento que debería tenerse en cuenta en una revisión del planeamiento dentro del desarrollo conjunto.
c) Supone obligatoriamente la reclasificación de tantes extensiones de suelo rústico decisión que solamente puede ser adoptada mediante la revisión de l planeamiento.
d) Viviendas de protección pública. La propuesta formulada no contiene las determinaciones precisas para garantizar en suelo urbanizable y con carácter general, la superficie de suelo destinada para viviendas sujetas a un régen de protección pública, no inferior a la precisa para la que al menos el 50 100 de la total edificabilidad residencial materializable a desarrollar en estos sectores quede sujeto al expresado régen de protección pública. Esta omisión además de una vulneración del espíritu social de justicia que informa
e) No se garantiza la coherencia y continuidad de los tejidos urbanos propuestos con el espacio construido y en el planeamiento y los proyectos urbanos e industriales previstos en su entorno. Supone la adopción de nuevos criterios respecto a la estructura general del territorio y esto es más propio de una revisión de planeamiento que de la modificación planeada.
f) Como consecuencia de haberse redactado una modificación, resultan graves deficiencias de conexión de la zona incluida en el convenio y la modificación con las inmediatamente adyacentes y con la red viaria general. Su ordenación queda aislada sin prever el desarrollar futuro que podrán tener los terrenos situados entre el sector, Seseña Nuevo y el núcleo poblacional Seseña Viejo.
La modificación urbanística propuesta el Ayuntamiento de Seseña no parece la más adecuada para la ordenación del sector y sus conexiones con los restantes sectores del pueblo, especialmente de su centro urbano.
g) La carencia de un estudio global de tráfico pide valorar la viabilidad de la propuesta en sus aspectos de estructura viaria y plantea serias dudas sobre el efecto que para el propio sector y para su –conexión con el pueblo, supone la concentración de las conexiones de este nuevo barrio en dos únicos puntos.
h) Densidad. Se establece una densidad de vivienda hectárea, superando en algunos casos las 74 lo que supondría un modelo urbanístico no admitido
¿Y qué le responde el entonces prepotente (ahora ya menos que ve que pierde el sillón) Consejero de Obras Públicas, Gil Díaz? ¿Y qué hace y cómo lo hace…? Está claro que sólo este “hecho” el Consejero incondicional de Bono tendría que ser cesado Barreda. Pero, esta “pillería” o “tropelía” o “corruptela” se merece un capítulo aparte.









