En la Tierra a martes, abril 8, 2025

Autocontrol, contra la violencia de género

La Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) ha realizado un balance de su apuesta la lucha contra la violencia de género en el sector publicitario, desde que entró en vigor la Ley Orgánica que protege este tipo de agresión.

La Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) ha realizado un balance de su apuesta la lucha contra la violencia de género en el sector publicitario, desde que entró en vigor la Ley Orgánica que protege este tipo de agresión.

 

En su informe, Autocontrol señala que durante 2006 atendió 5.967 consultas sobre publicidad, de las que 3.691 fueron solicitudes de copy advine (examen preemisión de un anuncio antes de su difusión). Asismo, añade que el motivo principal el que se fundamentan todas las reclamaciones presentadas hasta el momento es la ‘utilización del cuerpo como objeto desvinculado del producto’.

 

De los anuncios analizados desde que entró en vigor la Ley Orgánica

1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la

Violencia de Genero, la asociación ha incluido indicaciones en materia de protección a la mujer sólo en 91 de los anuncios analizados antes de su emisión, de un total de 6.606 analizados.

 

Asismo, el informe de Autocontrol señala que de las 371 reclamaciones recibidas, tan sólo ocho se relacionaban con la protección de la mujer. Entre las situaciones que se ha considerado que genéricamente se vulneraba la dignidad de la mujer presentarla de forma vejatoria, se encuentran, entre otras las que suponían un sometiento de la mujer a la voluntad del hombre; las que asemejaban a una mujer a un objeto o tratarla como tal y las que mostraban comtamientos de abuso sexual, como es el caso de la retirada de campaña de Dolce & Gabanna.

 

Por últo, el informe, además, agrupa en tres grandes bloques los principales motivos los que se han fundamentado las resoluciones del jurado o los informes de consulta previa cuando se han indicado modificaciones en los anuncios o su no difusión. Los bloques serían ‘atentado contra la dignidad de la mujer’, ‘utilización del cuerpo de la mujer como objeto desvinculado del producto’ y ‘presentación ilícita de comtamientos estereotipados’.

 

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