En la Tierra a lunes, diciembre 22, 2025

Las cerveceras, fieles al Código de Autorregulación

La actividad publicitaria de las compañías pertenecientes a Cerveceros de España cumplió con los compromisos voluntarios asumidos en su Código de Autorregulación Publicitaria durante el año 2006. Así lo ha asegurado el informe de seguiento y cumpliento del mismo realizado una Comisión de Seguiento de la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU). Una afirmación que, según el estudio, muestra la responsabilidad del sector en sus comunicaciones comerciales, así como la eficacia de los mecanismos de autorregulación publicitaria.

 

En un 99% de los casos, las compañías cerveceras españolas cumplieron con el horario voluntario de emisión de spots de marcas de cerveza con alcohol, durante el año 2006, según asegura el informe realizado la CECU. Cuatro casos fueron los únicamente registrados la Comisión de Seguiento del Código de Autorregulación Publicitaria de Cerveceros de España, de los cuales, en dos, la entidad determinó la correcta actuación parte de las cerveceras, mientras que en los dos restantes estableció la vulneración de alguno de los principios recogidos en el Código, e instó a las mismas a tomar las medidas otunas.

 

El Código de Autorregulación Publicitaria de Cerveceros de España, cuya actualización fue suscrita en 2003 asociaciones de consumidores y Autocontrol de la Publicidad, permite únicamente la emisión de anuncios sobre bebidas alcohólicas, a partir de las 20:30 horas (horario peninsular). En el Código se presta especial atención a la protección de los menores y los conductores y se definen, entre otras medidas, aspectos relacionados con la obligatoriedad de la inserción del mensaje de consumo responsable en todas las comunicaciones comerciales, entre las que se encuentran el tamaño del mensaje, o la  ubicación y tiempo de exhibición en los spots publicitarios de TV.

 

Por su parte, la Comisión, a través del informe realizado Mediaedge:cia, que tiene, a su vez, como fuente a Sofres, ha confirmado que la norma se ha cumplido en el 98,91% del total de pases de publicidad en televisión, durante el periodo de enero a diciembre de 2006. Asismo, asegura que las incidencias se han producido en horarios muy próxos a los autorregulados y el formato publicitario corresponde, fundamentalmente, a ‘cortinillas’ o patrocinios de escasa duración (5 ó 10 segundos) y no a spots tradicionales.

 

Dos reclamaciones sobre publicidad de cervezas, es decir, el 1% de las registradas el pasado año Autocontrol, son las que recibió la entidad durante 2006. En ambos casos, las quejas correspondían a marcas de cerveza sin alcohol, y terminaron resolviéndose de manera satisfactoria. La prera de ellas se fue resuelta con el acuerdo de mediación entre el reclamante y reclamado, con la intervención de Autocontrol, y la segunda, mediante la Resolución del Jurado de esta entidad, que estó la reclamación.

 

Asismo, se realizaron 59 consultas previas ‘Copy Advice’ sobre publicidad de marcas de cerveza, 49 de las cuales no se apreciaron como inconvenientes al contenido del anuncio, mientras que en seis de ellos se recomendó introducir alguna modificación al mismo, y en otros cuatro se recomendó su no difusión.

 

Seguiremos Informando…

 

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