La nueva Ley del suelo aprobada el Congreso de los Diputados entró ayer en vigor, con esta ley la reserva de suelo que debe destinarse a vivienda protegida en los nuevos desarrollos asciende a un 30%, aumentando solo en un 5% la cifra anterior al trámite parlamentario. Para la Plataforma una Vivienda Digna esta cifra sigue siendo insuficiente, así lo han expresado en un comunicado donde analizan esta ley. Aún así valoran que esta ley es mejor que la anterior.
La plataforma opina que el centaje se queda muy corto, hay incluso Comunidades Autónomas que establecen uno superior. Lo que proponen desde aquí es establecer la reserva de suelo en función de la demanda real haciendo estudios de necesidad.
La nueva ley no regula las características del régen de protección de las viviendas en suelo protegido, lo que para la PVD supondrá que aunque exista suelo protegido este será inaccesible para los demandantes que no lo podrán pagar, siendo así inútil. La organización alude a la Comunidad de Madrid, que según ellos ha ‘inventado’ tipologías de viviendas protegidas cuyos precios están fuera de lo que se puede permitir una persona con un sueldo normal, especialmente si se trata de personas jóvenes, inmigrantes o en alguna otra situación de necesidad especial.
La responsabilidad del acceso a la vivienda continúa siendo competencia de las Comunidades Autónomas, la nueva ley no establece mecanismos que aseguren su cumpliento a nivel regional.
En el comunicado la PVD hace referencia a los retrasos en la entrega de estas viviendas y a los ‘coladeros legales’, como la alternativa a la construcción de vivienda protegida otros fines de interés social en suelo de patronio público.
Se valora positivamente la sostenibilidad que la ley pretende en los nuevos desarrollos, aunque opinan que deberían prarse los espacios ya urbanizados para su reutilización sobre los nuevos como contribución a esa sostenibilidad medioambiental y ecológica.
Otro aspecto positivo de la ley que también destaca la PVD es que queden regulados para siempre los precios de venta o de alquiler de las viviendas de protección construidas en los patronios públicos de suelo, de forma que no se pierda nunca su estatus de vivienda protegida, esto es ‘fundamental’ para que siempre haya un extenso parque de vivienda de protección oficial.










