La Audiencia de Sevilla ha condenado a Antena 3 y a Telecinco a indemnizar en 35.000 y 50.000 euros a Francisco Rivera Ordóñez una intromisión ilegíta en su honor e intidad.
Rivera Ordóñez, ser descendiente de toreros conocidos, hijo de progenitores populares y haberse casado con la hija de la duquesa de Alba ‘ha sido objeto de seguiento e información en los medios de comunicación desde su naciento’, dicen los jueces, pero añaden que, pese a ello, ‘tiene derecho a que su vida personal quede reservada como parte de su ámbito ínto’.
Además, la información divulgada en septiembre de 2004 programas como ‘Salsa rosa’, ‘Día a día’, ‘Aquí hay tomate’ o ‘Mirando al mar’ no era ‘de interés general ni garantizaba la existencia de una información pública libre e ilustrada’, dice la sentencia.
Sin embargo, el veredicto se basa en el propio comtamiento de Rivera Ordóñez para absolver a las cadenas televisivas de otra parte de la demanda, pues los jueces destacan que el torero ‘presta su agen para fines publicitarios de determinadas marcas y productos, lo que su agen es conocida para el gran público más allá de su profesión de matador de toros, obteniendo grandes beneficios económicos como consecuencia de dicha publicidad’.
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FUENTE: EFE










