Sogecable ha emitido un comunicado de prensa como respuesta a la información difundida en relación a la resolución del Juzgado. Sogecable asegura que ante los reiterados incumplientos parte de Mediapro, AVS solicitó medidas cautelares, que el Juzgado rechazó la ‘complejidad del asunto’ A lo que responde que dicho juez, ‘no enjuicia cautelarmente el problema jurídico planteado’.
Sogecable ha emitido un comunicado de prensa como respuesta a la información difundida en relación a la resolución del Juzgado. Sogecable asegura que ante los reiterados incumplientos parte de Mediapro, AVS solicitó medidas cautelares, que el Juzgado rechazó la ‘complejidad del asunto’, dicho juez, ‘no enjuicia cautelarmente el problema jurídico planteado’.
Comunicado emitido Sogecable:
‘Ante los reiterados y graves incumplientos parte de Mediapro de sus compromisos contractuales firmados en el contrato de 24 de julio de 2006 que establecía una explotación pacífica y estable de los derechos audiovisuales de la Liga de fútbol, AVS presentó una demanda contra Mediapro el pasado día 3 de julio solicitando el cumpliento del citado contrato. Posteriores incumplientos parte de Mediapro (entre ellos, la falta de pago del prer plazo de la temada 2007/2008) provocaron la ampliación de esta demanda parte de AVS el pasado 31 de julio y, tras las actuaciones de la citada empresa con motivo de la prera jornada de Liga, AVS se vio en la necesidad de ampliar segunda vez dicha demanda el pasado lunes 27 de agosto.
Ante la gravedad de estos últos acontecientos, AVS solicitó al Juzgado de Prera Instancia nº 36 de Madrid la adopción de medidas cautelares para evitar que Mediapro continuara utilizando indebidamente los derechos cedidos a AVS en virtud del contrato de julio de 2006. El Juzgado, mediante un auto dictado el 29 de agosto de 2007, ha rechazado la solicitud de AVS sobre las citadas medidas cautelares.
En esta resolución, el Juzgado, ante ‘la manifiesta complejidad del asunto’, considera que ‘conviene que en el presente caso se sometan a contradicción en el previo proceso declarativo los planteamientos que los contratantes sostienen respecto del alcance del citado acuerdo’ remitiéndose a la sentencia de fondo.
No obstante reconoce que Mediapro siguió comprando derechos de clubes tras la firma del contrato del 24 de julio, actividad que las partes firmantes del contrato habían cedido a AVS. Asismo el Juzgado no ha tenido en cuenta en esta resolución los gravísos incumplientos de Mediapro en la prera jornada de Liga que no ha podido examinar las dos ampliaciones a la demanda inicial presentadas AVS.
En definitiva, el Juez que ha resuelto, sustituto del titular del citado órgano y quien debe resolver el asunto principal, no entra verdaderamente a enjuiciar cautelarmente el problema jurídico planteado (la vigencia del Acuerdo de 24 de julio de 2006), sino que difiere la solución del problema a la sentencia de fondo o definitiva.
AVS recurrirá ante la Audiencia Provincial el auto considerarlo erróneo no sólo en sus consideraciones jurídicas sino también en las puramente fácticas.
Finalmente AVS quiere recordar que, reiteradamente, se ha dirigido a los operadores que durante la temada pasada retransmitieron partidos en abierto (La Sexta, TV3, Canal 9, TV Galicia), así como a la Televisión de Aragón, para ofrecerles la señal para retransmitir un partido en abierto jornada, hasta tanto no se regularizaran las obligaciones parte de Mediapro, y cumpliendo con la aplicación de la Ley 21/97 sobre el interés general, y en las mismas condiciones que éstas tenían suscritos con Mediapro. Todos los operadores citados han declinado el ofreciento’.
Seguiremos Informando…










