Los derechos recogidos en el presente decálogo, elaborados la Lymphoma Coalition (LC), que cada año es la que organiza el Día Mundial del Linforma, se aplicarán a todos los Pacientes sin distinción de su edad, sexo, estado civil, raza, religión, orientación sexual o nivel económico o educativo*.
Todo paciente con linfoma tiene derecho:
1º A un diagnóstico preciso de su enfermedad realizado un médico experto cualificado, así como a una segunda opinión médica emitida otro especialista que pueda revisar su caso y sus pruebas diagnósticas.
2º A que le sean efectuadas las pruebas diagnósticas que precise, incluidas las de exploración ágenes, para que pueda ser determinada exactamente la extensión de su enfermedad y así planificar el tratamiento más adecuado.
3º A conocer todas las opciones de tratamiento disponibles y a ser informado acerca de los ensayos clínicos relevantes.
4º A recibir un tratamiento ópto, basado en un diagnóstico preciso, la extensión de su enfermedad y una medicina basada en la evidencia.
5º A recibir el mejor tratamiento disponible independientemente de su lugar de residencia, del hospital en que le traten y del médico que le atienda, sin que el aspecto económico sea una barrera ni un factor determinante sobre el tratamiento que se le ofrezca.
6º A controles periódicos y minuciosos de seguiento, dado que el linfoma puede reaparecer.
7º A recibir, tanto a corto como a largo plazo, cuidados periódicos de manteniento, procionados un equipo multidisciplinar de especialistas integrado médicos, psicólogos, enfermeras, dietistas y especialistas en cuidados paliativos, si fuera preciso.
8º A tomar parte activa en el proceso de la toma de decisiones sobre su tratamiento, recibiendo información acerca de: 1) naturaleza de la enfermedad 2) opciones de tratamiento 3) riesgos y efectos secundarios de los tratamientos 4) posibilidades de formar parte de ensayos clínicos.
9º Ser informado acerca de todos los sistemas de ayuda disponibles, incluyendo medios de apoyo y asociaciones de pacientes.
10º A ‘tener voz’ en la dirección de su propia enfermedad, y a ser representado una asociación de pacientes, que pueda estar plicada en los acuerdos sobre política sanitaria que afecten al modo de dirigir la enfermedad de todos los pacientes.










