En la Tierra a viernes, diciembre 19, 2025

La plantilla del Canal 24 Horas gana un juicio a TVE

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Un Juzgado de lo Social de Madrid ha devuelto a los trabajadores del Canal 24 Horas su tradicional régen laboral, derogado unilateralmente TVE a mediados de este año. Desde su puesta en marcha en 2000, los 160 miembros de esta plantilla acordaron con la dirección un sistema particular de turnos y remuneraciones específicas, al margen del Convenio Colectivo. Con la integración de las redacciones, la Dirección de Informativos anunció el 27 de marzo que se acababan las condiciones especiales. La sentencia no es firme, y TVE puede apelarla. El pasado jueves, el Juzgado de los Social número 36 de Madrid emitió un fallo el cual, la plantilla del Canal 24 Horas de TVE debería volver a sus tradicionales condiciones laborales, derogadas el Ente a mediados de año. La sentencia que no es firme (y tanto puede ser apelada) señala que no es válida la anulación de estas condiciones que incluían sistemas de turnos rotativos, grupos de trabajo, calendario, vacaciones, licencias y remuneraciones especiales.
 

El 3 de febrero de 2000 se establecieron estas condiciones especiales con los sindicatos que complementaban el convenio colectivo del Ente, incluso mejorando algunas de sus condiciones laborales. Pero el 27 de marzo de este año, TVE enviaba una carta a los 160 trabajadores de la plantilla, señalando que se este convenio quedaba sin validez y que toda la plantilla pasaba a tener las mismas condiciones que el resto del Ente, establecidas en el convenio colectivo general.

El argumento de la cadena fue la integración de la redacción del canal temático con los informativos regulares de TVE. Una integración que según la plantilla del Canal 24 Horas, está lejos de producirse, pero que sin embargo, no ha pedido que desde mediados de año hayan dejado de percibir unos 300/400 euros mensuales concepto de complemento retributivo específico.

Nos cuentan en TVE que este fallo adverso a la Dirección se produce después de que se explicó activa y pasiva a Fran Llorente que todo el proceso para suprir el sistema era ilegal, y que, además, la comunicación a los trabajadores era nula que no se indicaban las nuevas condiciones de trabajo. En efecto, según consta en el fallo, no se indica cuáles serán las nuevas condiciones.

La demanda fue presentada los representantes del Comité General Intercentros de CCOO, UGT, USO y APLI, en una de las pocas otunidades que todos los sindicatos del Ente se unen para luchar una causa unitaria, dejando de lado sus tradicionales diferencias. El caso es que la sentencia no es firme y que está sujeta a apelación de TVE.

Si quieres leer la sentencia: sentenciainformativos


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