BRASILIA (22/02/08) El magistrado Carlos Ayres Britto, del Supremo Tribunal Federal de Brasil, ha ordenado la suspensión de parte de la ley de prensa de 1967 heredada de la dictadura militar. Ayres considera que varios artículos de esta ley violan algunos derechos constitucionales y democráticos como la libertad de expresión. De hecho, también se han paralizado todos aquellos juicios que se basen en condenas esta norma. Sin embargo y hasta el momento, sólo se ha suspendido la aplicación de parte de esta Ley de Prensa.
Entre los polémicos artículos que figuran dentro de la mencionada Ley cabe destacar la pena de prisión a periodistas condenados calumnia, injuria o difamación. Así mismo hay varios artículos contrarios a la libertad de prensa.
Otro de los artículos invalidados, momentáneamente, es el referente al aumento de un tercio de las penas contra periodistas calumnias y difamación siempre que afecten al Presidente de la República, al presidente de la Cámara de Diputados, al del Senado, a magistrados de Supremo Tribunal, jefes de Estado y diplomáticos. Tampoco se podrán censurar espectáculos no otros actos públicos, no se multará a los medios ni periodistas falsas noticias ni aquellas informaciones que ofendan a la dignidad.
De hecho, se han paralizado todos los juicios que actualmente se están discutiendo en los Tribunales referentes a estos artículos anulados. Y es que hasta ahora es momentánea, ya que esta abolición deberá someterse a votación en el Supremo Tribunal.
Carlos Ayres Britto ha hecho hincapié en que la mencionada Ley de Prensa no coincide con los preceptos surgidos de la Asamblea Constituyente de los 80 ya que ‘prensa y democracia son hermanas siamesas'.
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