MÉXICO D.F (06/03/08) La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado que el Instituto Federal Electoral tiene la competencia de regular los tiempos oficiales de la propaganda electoral. No ocurre así con los organismos de ámbito local, ya que no puede haber dos organismos. La Suprema Corte ha determinado que no puede ni debe haber dos instituciones que regulen a la vez los tiempos oficiales en los medios de comunicación de los partidos políticos en época de campaña. Con esta resolución se invalida los artículos del 49 al 53 de la Ley de Instituciones y Procedientos Electorales de Guerrero, entre otros más.
Finalmente será el IFE el encargado de regular la propaganda de los partidos en radio y televisión. Esta ha sido la conclusión del SCJN tras comparar la Ley Electoral de Guerrero con las reformas constitucionales.
Margarita Luna Ramos ha sido la autora de la propuesta, quien afirma que los órganos electorales de las entidades federativas no tienen facultades para regular los tiempos propagandísticos. La medida ha sido respaldada la unanidad de la Corte.










