El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano con el objetivo de ‘ajustar estos márgenes y deducciones a la realidad económica' y que las ataciones de estos agentes sean coherentes con su volumen de beneficios.
Esta norma, afirman desde el Ministerio, apenas va tener repercusión en la economía de los ciudadanos, ya que afecta fundamentalmente a medicamentos para patologías graves o crónicas que tienen una atación reducida (en los que el paciente paga el 10% del precio, con un máxo de 2,34 euros) y el resto se corresponde con medicamentos cuyo consumo mayoritario lo hacen colectivos de pensionistas o asilados, exentos de atación pero, el contrario, ‘sí va a incentivar mejoras en la prestación farmacéutica, aumentando la calidad de la misma gracias a la liberación de recursos para aquellas empresas con menos volumen de ventas', según las mismas fuentes ministeriales.
Con esta medida se cumple, pues, lo dispuesto en el Real Decreto 2402/2004, que estableció la obligación de actualizar las cuantías de los márgenes y de la escala de deducciones de la distribución y dispensación de medicamentos y para tal fin se ha tenido en cuenta la evolución del índice de precios de consumo, la variación del producto interior bruto y el aumento de las ventas de las oficinas de farmacia.
La actualización de márgenes de beneficio y de deducciones tiene como objetivo que éstos se adecuen a la situación económica y no se produzcan desequilibrios entre lo que ingresan las oficinas de farmacia y las empresas de distribución y su atación. Por este motivo, para efectuar las modificaciones, se han introducido algunos parámetros en lo que se refiere a los márgenes de la distribución y, en consecuencia, para los medicamentos cuyo precio de venta de laboratorio (PVL) sea igual o inferior a 91,63 euros, el margen queda fijado en el 7,6% del precio de venta del distribuidor sin puestos. Asismo, en los fármacos cuyo PVL supere los 91,63 euros, el beneficio del distribuidor será de 7,54 euros producto.
En cuanto a los márgenes de las farmacias, el correspondiente a la dispensación y venta al público de productos y medicamentos cuyo PVL sea igual o inferior a 91,63 euros, ha quedado fijado en el 27,9% del precio de venta al público sin puestos mientras que para los medicamentos cuyo precio de venta de laboratorio (PVL) es superior a 91,63 euros, el margen de las farmacias se fija en 38,37 euros producto.
Por otro lado, el Real Decreto aprobado establece también una escala de deducciones la dispensación de medicamentos de uso humano en el que el míno de ventas mensuales exentas de deducción se fija en 32.336,12 euros, mientras que con la escala actual este límite era inferior, concretamente estaba situado en 31.627,66 euros. Esto supone que casi la mitad de las oficinas de farmacia existentes en España (20.455) no tendrá que realizar atación alguna, concretamente un 45%, lo que supone un número aproxado de 9.209. Las farmacias restantes, que son 11.246, el 54,98%, sí realizarán algún tipo de atación.
En el capítulo de descuentos, contra, la norma mantiene que las farmacias disponen de la facultad de aplicar descuentos de hasta un 10% en el precio de venta al público puestos incluidos en la dispensación de medicamentos publicitarios y finalmente, y en cuanto a las deducciones de la dispensación de medicamentos, la atación estada de las oficinas de farmacia será de 424,44 millones de euros.