En la Tierra a jueves, noviembre 14, 2024

COMUNICADO DE PRENSA DE MEDIAPRO

 

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha respaldado en sus aspectos fundamentales la actuación de Mediapro en el conflicto la gestión de los derechos audiovisuales de la Liga de Fútbol Profesional iniciado AVSSogecable. Mediante una Providencia dictada dentro del Expediente 06/2007 que se tramita ante este Organismo, las Autoridades de Competencia quitan la razón a AVSSogecable y confirman tanto la capacidad de Mediapro para contratar directamente con los clubes la cesión de sus derechos audiovisuales como los intentos de AVSSogecable restringir la competencia en el mercado de las transmisiones futbolísticas televisión.

El análisis de la CNC desbarata la interpretación mantenida AVSSogecable según la cual únicamente estas dos compañías estarían autorizadas para contratar directamente con los clubes de fútbol la venta de sus derechos televisivos. A juicio de la Comisión, la interpretación que AVSSogecable pretende realizar de los compromisos asumidos Mediapro en el Acuerdo de 24 de julio de 2006 resulta en este punto contraria a la legalidad y tendría como efecto principal restringir la competencia en el mercado audiovisual.

Igual valoración merece para dichas Autoridades la intención de Sogecable relativa a que la explotación de los derechos adquiridos Mediapro sólo puede realizarse en el seno de AVS. Según la CNC, dicha interpretación del Acuerdo de 24 de julio "en la medida en que afecte a las temadas 20092010 y siguientes, puede ser un acuerdo entre empresas contrario a los artículos 1 de la Ley de Defensa de la Competencia y 81 del Tratado de la CE".

La valoración que la Autoridad de Competencia  realiza del Acuerdo de 24 de Julio tiene un pacto decisivo en la sentencia que en su día recaiga en el procediento judicial que actualmente se tramita ante el Juzgado de Prera Instancia nº 36 de Madrid. En dicho procediento, AVSSogecable ha venido sosteniendo tanto la vigencia indefinida del Acuerdo de 24 de julio, ahora declarada ilegal las autoridades de Competencia, como la posibilidad de que Mediapro adquiera directamente derechos audiovisuales de los Clubes de fútbol, actuación que ha sido avalada Competencia.

Por últo, la CNC considera en su escrito que la duración de los contratos de venta de derechos audiovisuales parte de los Clubes no debería tener una duración superior a los cuatro años.

NOTICIAS RELACIONADAS

Relacionados Posts

Premiados de la XX edición de 'Los mejores de PR'

Noticias recientes

Newsletter
Logo prnoticias

Suscríbete a nuestro newsletter!

Recibirás nuestro boletín de noticias y contenido exclusivo.