A partir de hoy es necesario que todo conductor del sector de transte de viajeros se saque el carné obtenga el Certificado de Aptitud Profesional (CAP), que acreditará que el correspondiente conductor posee la cualificación inicial.
Este Certificado de Aptitud Profesional certificará que el conductor ha superado los cursos y exámenes exigidos para la obtención de la cualificación inicial de los conductores profesionales. De hecho, será vigente mientras que el conductor se siga sometiendo a los cursos de formación pertinentes que se vendrán realizando dentro de unos plazos.
La idea es obtener una conducción racional y medioambiental, reglamentar así el sector de transtes y de logística para que haya una mayor calidad y gestión del servicio y ofrecer una salud y seguridad en el transte a través de una mayor especialización.
La formación inicial tiene que ser cursada únicamente los nuevos conductores que quieran incorarse al sector de transte de viajeros a partir del 910 de septiembre de 2008. Los que quieran incorarse al sector de transte de mercancías tendrán que hacer la formación un año más tarde, a partir del 910 de septiembre del 2009.
Serán precisamente las Comunidades Autónomas quienes se encargarán de expedir el CAP.
El método ordinario es la realización de un curso de 140 horas de duración y en el que se abordará el programa que consta en el I de Real Decreto y la superación del correspondiente examen. Sin embargo, no es necesario tener el permiso de conducir para seguir los cursos o realizar el examen. Eso sí, para poder conducir un camión deberá poseer tanto el CAP como el permiso de conducir. Posteriormente, tendrá que realizar una formación continuada que consiste en un curso de 35 horas cada 5 años.
Por otro lado, se ha establecido un plazo de cinco años a partir del 2011 para que todos los conductores que tengan un permiso anterior a 2008 puedan realizar estos cursos formativos que serán de carácter obligatorio.