URUGUAY 28/10/08
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El Consejo de Ministros de Uruguay ha elaborado un proyecto de ley que modifica la Ley de Prensa y algunos artículos del Código Penal para despenalizar varias figuras normativas que litan la libertad de expresión. Ahora, es el Parlamento el que deberá pronunciarse con respecto al proyecto.
El nuevo proyecto modifica los artículos 19 y 26 de la Ley de Prensa. En el prero de ellos, se establece que sólo se comete un delito de comunicación, a través de un medio, si se ejecuta un hecho tipificado como tal en el Código Penal.
En el segundo, se elina la figura del delito de difamación e injuria cuando se trate de informaciones de interés público o que involucren a funcionarios públicos o personas que voluntariamente se expusieran a cuestiones que interesan a la sociedad. No obstante, se mantiene la sanción para aquellos que actúen malicia o publiquen cuestiones de la vida privada de las personas sin justificación.
Por otro lado, en el Código Penal se elina la posibilidad de que puedan putarse cargos de desacato medio de ofensas escritas o verbales. El nuevo proyecto aclara que manifestar discrepancia con la autoridad no constituye delito.
Además, el proyecto establece que para la interpretación de los conflictos entre la libertad de expresión y otros derechos fundamentales, los jueces deberán recurrir a los fallos y a la doctrina de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana.
El proyecto cuenta con el apoyo de las organizaciones que trabajan en temas de libertad de expresión. Ahora, es el Parlamento el que deberá pronunciarse respecto a la norma y recibir a los distintos sectores interesados en la misma.










