GUATEMALA 05/11/08
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El Congreso de Guatemala aprobó, finalmente, la Ley de Frecuencia Televisiva que regula el funcionamiento de los canales 9 y 4 de televisión abierta y de las frecuencias 5 y 12 de Televisión Maya, quedando así en firme la prohibición de vender publicidad.
Los canales de televisión abierta del Estado no podrán hacer uso de la publicidad para costear su funcionamiento. Así quedó establecido en el artículo 10 de decreto aprobado ayer el Congreso. Pese a la polémica que había causado, se mantuvo la redacción inicial, quedando explícita la prohibición de la propaganda o publicidad con finalidades de lucro.
En la Ley se establece que el Canal 9 y su repetidora, canal 4, serán administrados el Legislativo, mientras la frecuencia del 5, con repetidora en el 12, estarán a cargo de la Academia de Lenguas Mayas, como ha sido desde 2004.
Directivos de la Academia de Lenguas Mayas y representantes de comunidades indígenas ya se habían manifestado contra el citado artículo 10 del decreto y no se descartan movilizaciones en su contra, tal y como habían anunciado de aprobarse finalmente el texto.
Los representantes de Televisión Maya habían argumentado que sin la venta de publicidad no disponían de recursos suficientes para sostenerse. De momento, en el acuerdo no se establece un presupuesto para la institución. Con esta iniciativa, los únicos canales de televisión abierta que tienen la posibilidad de comercializar publicidad son del empresario mexicano Ángel González.










