El CERMI ha hecho un llamamiento para que la nueva ley sobre la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) no incluya el aborto eugenésico como supuesto al que se puede acoger una mujer para abortar, considerar que ‘es contrario a la Convención de la ONU sobre Derechos de las Personas con Discapacidad'.
En las conclusiones de la subcomisión parlamentaria sobre la reforma de la ley del aborto, que se debaten en el Congreso de los Diputados, se especifica que una mujer puede interrumpir su embarazo si ‘se detectan graves anomalías físicas o psíquicas en el feto o malformaciones o enfermedades graves en el mismo incompatibles con la vida', supuesto que para el CERMI es equivalente a la eugenesia.
En este sentido, desde la entidad apuntan que ‘permitir el aborto en los supuestos en que se detecten graves anomalías físicas o psíquicas en el feto, malformaciones o enfermedades graves en el mismo incompatibles con la vida' constituye ‘un trato desigual motivos de discapacidad'. Además, señalan que este supuesto ‘no es admisible' si se tiene en cuenta la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en vigor en España.
Asismo advierten que ‘apoyar el llamado aborto eugenésico', practicado para evitar el naciento de una persona con discapacidad, equivale, según el CERMI, a ‘defender que la vida de una persona con discapacidad es inferior en valor a la de una persona sin discapacidad, y tanto, se consiente un trato menos favorable'.
Ante esta situación, el Comité reitera que ‘la vida y la integridad de cualquier persona con discapacidad constituyen bienes intangibles que en ningún caso pueden verse menoscabados'.