TEMAS PRNOTICIAS El tratamiento informativo del caso de Marta del Castillo en los medios ha abierto un intenso debate. La fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, ha abierto de oficio unas diligencias sobre los programas de televisión que están mostrando a menores de edad relacionados con la muerte de la joven sevillana ¿El objetivo? velar el respeto a su derecho a la intidad y al honor. Telecinco, cadena que ha contado en plató con una menor de 14 años, novia del asesino confeso de la joven, nos da su visión: 'Hay doctrina jurídica suficiente para pensar que con 14 años se tiene la madurez suficiente para prestar el consentiento de forma personal', explican.
El domingo pasado, Rocío, la novia del asesino confeso de Marta, Miguel C. D., acudió al plató de Rojo y Negro para describir el carácter del joven y hablar de lo que observó la noche de los hechos. La Fiscal Segarra afirma que estas apariciones pueden causar a los menores un ‘daño irreparable'. El Defensor del Menor de Andalucía, José Chamizo, también pide respeto y protección para las personas involucradas en el caso. En su opinión, el contenido de las declaraciones que puedan realizar ‘alcanza una grave trascendencia' en unos momentos en los que las investigaciones policiales y judiciales no han concluido. Dice además, que estos menores deben ser protegidos más allá del consentiento o no de sus padres. El periodismo, concretamente la Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP), ha mostrado su rechazo al tratamiento informativo de este caso.
Según nos explican desde la Fiscalía, para que un menor acuda a un plató de televisión, la cadena tiene que ponerse en contacto con la Fiscalía de Menores y pedirle consentiento a Protección del Menor. El procediento a seguir es enviar el consentiento de los padres, y el del propio menor si este es mayor de doce años. Además, se debe explicar qué temas se van a tratar en el programa y especificar qué día y a qué hora se va a emitir.
Ante este planteamiento y respodiendo a las críticas, en Telecinco alegan que hay doctrina jurídica suficiente para considerar que una menor de 14 años tiene la suficiente madurez para prestar el consentiento de forma personal, pero en este caso además, se contaba con el consentiento de su madre. La cadena señala que tanto la LO de 5 de mayo de 1982 como la Ley del menor argumentan que el procediento seguido Telecinco, que no envío los escritos de consentiento a la Fiscalía, está enmarcado dentro de la legalidad.
La ley orgánica del 5 de mayo de 1982 de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen en su artículo tercero, que está dedicado a los menores, explica que ‘El consentiento de los menores e incapaces deberá prestarse ellos mismos si sus condiciones de madurez lo permiten, de acuerdo con la legislación civil' y que ‘En los restantes casos, el consentiento habrá de otorgarse mediante escrito su representante legal, quien estará obligado a poner en conociento previo del Ministerio Fiscal el consentiento proyectado. Si en el plazo de ocho días el Ministerio Fiscal se opusiere, resolverá el Juez'.
Por otro lado está la Ley del menor, que especifica que no se puede utilizar la agen de los menores en el caso de que pueda resultar menoscabada. En el caso de Rocío, desde Telecinco alegan que la agen de la joven no fue dañada, sino que el contrario, Rocío pudo aclarar en público que no tenía nada que ver con el caso. ‘Hemos entendido que era de interés para la propia entrevistada aclarar que ella no había tenido nada que ver en el suceso', concreta Telecinco.
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