En la Tierra a martes, diciembre 24, 2024

Telecinco: Diario de…Verdades a medias

Telecinco deberá emitir en la próxa edición de 'Diario de…' una rectificación sobre el tratamiento dado a la información vertida en el retaje ‘Traficantes de Salud' (05022008) en el que se relataban entre otros temas la vuelta al ruedo de Biobac, retirado en 2002 el Ministerio de Sanidad y ahora comercializado bajo el nombre de Renoven y aprobado en Bélgica, Portugal y Eslovaquia como complemento alenticio. Eso sí, la cadena de Fuencarral apelará la sentencia del Juzgado de Prera Instancia nº 61 de Madrid.

 

Telecinco ha confirmado a prsalud la emisión de la rectificación en la próxa edición de 'Diario de…' así como la intención de la cadena de apelar la decisión de la jueza Doña Miren Nekane Yagüe, Magistrada Juez del Juzgado de Prera Instancia nº 61 de Madrid. Pero en lo referente a la sentencia, desde la cadena han recordado que ‘Nuestra política desde hace unos años es la de no afirmar ni desmentir nada que provenga desde un confidencial'.

En el retaje, el nombre de Biobac regresa a la polémica de boca de Mercedes Milá quien afirmó en su programa que ‘…los productores de BIOBAC siguen burlando la Ley y venden el falso medicamento con otro nombre, Renoven, y ahora dicen que es un complemento alenticio y se compra en los herbolarios…', ‘…según el Ministerio de Sanidad no está registrado en España, ni como complemento alenticio, ni como medicamento…', ‘…no sirve para nada…'.

Según la nota enviada Antonio Muro, responsable de la relación con los medios de Biobac/Renoven (Alternative Medicine SL Geamed):‘Es incierto que se trate de un producto no autorizado en la medida en que los complementos alenticios no requieren de una autorización administrativa previa, sino únicamente de una notificación de puesta en el mercado conforme al Real Decreto 1275/2003 el que se regula su composición, y su régen legal. A día de hoy, se comercializa legalmente en el Mercado Único Europeo en virtud de su notificación, ante diversas administraciones de Estados miembros de la UE (Bélgica, Portugal, Eslovaquia, etc) así como en aplicación de las reglas del "reconociento mutuo" y del principio de libre circulación de servicios y mercancías, perado en su tratado constitutivo'.

En el documental también puede verse al Dr. Chamorro indicando Renoven para el tratamiento de un cáncer de colon. Según ha respondido Antonio Muro al respecto de esta grabación ‘nosotros no podemos vigilar que un doctor recomiende Renoven a un paciente que le haya ido bien con otro'.

Los antecedentes del caso Biobac/Renoven se remontan al año 2002 cuando el Ministerio de Sanidad y Consumo retiró este medicamento, que se recetaba desde la Sanidad Pública Española y que estaba indicado en el tratamiento contra el cáncer. El responsable de Biobac, Rafael Chacón, junto con una treintena de médicos fueron detenidos un posible delito contra la salud pública. Poco después los doctores fueron puestos en libertad y a fecha de hoy todavía no hay una resolución para la causa contra Chacón, aunque según se recuerda en la nota enviada a los medios ‘todos los pronunciamientos judiciales habidos en torno al tema hasta la fecha, han sido favorables al producto'.

Ahora Renoven regresa al mercado convertido en complemento alenticio. ¿Cómo puede un producto recetado médicos de la Sanidad pública, cambiar de estatus y estar prohibido para volver a la circulación convertido en ‘otra cosa'?


Seguiremos informando…


Texto de rectificación que deberá emitir 'Diario de…'

‘En la actualidad, el producto BIOBAC, o sus marcas PREBACTER y RENOVEN, ni son un medicamento ni se presentan como tal sus fabricantes. Se comercializa exclusivamente como un complemento alenticio compuesto minerales y proteínas. Durante la década de 1980 fue prescrito como fórmula magistral e incluso financiado el sistema público sanitario. Si bien con posterioridad  sus fabricantes llevaron a cabo ensayos clínicos en Fase I, II, y III, en Bélgica y Alemania, necesarios para su autorización como medicamento, lo cierto es que el Ministerio de Sanidad español no realizó, como era su obligación, la labor de evaluación de los mismos ya fuera para validarlos o rechazarlos. Es incierto que se trate de un producto no autorizado en la medida en que los complementos alenticios no requieren de una autorización administrativa previa, sino únicamente de una notificación de puesta en el mercado conforme al Real Decreto 1275/2003 el que se regula su composición, y su régen legal. A día de hoy, se comercializa legalmente en el Mercado Único Europeo en virtud de su notificación, ante diversas administraciones de Estados miembros de la UE (Bélgica, Portugal, Eslovaquia, etc) así como en aplicación de las reglas del "reconociento mutuo" y del principio de libre circulación de servicios y mercancías, perado en su tratado constitutivo. En España su puesta en el mercado fue notificada ante la Consejería de la Comunidad de Madrid en febrero del 2007. A la fecha de la presente, las autoridades regionales no sólo han acusado recibo de la misma, sino que han notificado a la empresa comercializadora la ejecución de una consulta al Servicio Público Federal Belga en trámite de reconociento mutuo comunitario'.


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