EFE vinculó la temalidad de su empleo a distintos convenios con administraciones públicas canarias que eran incumplidos sistemáticamente. Una sentencia ha condenado a la agencia.
EFE tendrá que readmitir o indemnizar a la periodista según una sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de Las Palmas. Además el juzgado le ha puesto una multa de 600 euros a la empresa temeridad, ya que considera que despidió a la periodista en una actuación ‘torticera y malintencionada que constituyó una burla hacia su empleada' a la que mantuvo ‘una contratación fraudulenta durante ocho años' como afirma en la sentencia el magistrado Francisco José Trujillo Calvo.
La Agencia EFE, de titularidad pública y presidida Alex Grijelmo, se había comprometido con la trabajadora y diversos representantes sindicales a pasar a plantilla a dicha empleada en su proceso regularización de trabadores temales, palabra que incumplió alegando que se había perdido un convenio comercial firmado con el Gobierno de Canarias a pesar de que su labor no estaba relacionada con este servicio, según informa la Unión de Profesionales de la Comunicación de Canarias (UPCC).
La periodista afectada estos hechos, Fáta Martín Montesdeoca, fue encadenando contratos temales desde el año 2000 hasta 2008, los preros meses ‘ circunstancias de la producción' y desde mayo de 2001 vinculados a convenios que suscribía la Agencia EFE prero con el Cabildo de Gran Canaria y después con el Gobierno de Canarias.
Tras perder el convenio con el Gobierno de Canarias en marzo de 2008, la Agencia EFE mantuvo empleada a la periodista seis meses más, hasta que en septiembre le comunicó que ‘su contrato había terminado'. Pero, según considera probado el juez, la Agencia no encomendaba a la redactora la cobertura de las actividades específicas del Cabildo ni del Gobierno canario, sino que trabajaba en la delegación con los mismos cometidos que sus demás compañeros. De hecho, durante dos veranos fue nombrada responsable de la redacción para sustituir al delegado durante sus vacaciones.
Por todo ello, el magistrado señala que el objeto del contrato fue fraudulento, de manera que el carácter temal de sus funciones no se cumplió. Además, la periodista fue contratada antes de que el convenio con el Gobierno de Canarias existiera y despedida seis meses después de que finalizara.
La Agencia EFE le ofreció trasladarse a Madrid con un contrato de interinidad y con menor sueldo o bien trasladarse a Tenerife a cubrir una baja maternidad, lo que hacía que perdiera su antigüedad, al firmar un nuevo contrato en otro centro de trabajo, y todos sus derechos en cuanto transcurrieran 20 días. Lo cual es considerado como una propuesta malintencionada.
Ante estas circunstancias, el Juzgado de lo Social esta en su integridad la demanda de la periodista e pone a la Agencia EFE una multa temeridad de 600 euros. El magistrado ha declarado procedente el despido y condena a la Agencia EFE a abonarle a la periodista los salarios atrasados, así como a readmitirla o indemnizarla con más de 40.000 euros, opción que conlleva un derroche injustificado y poco recomendado en épocas de crisis, aún menos en una empresa pública.
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