En la Tierra a sábado, diciembre 28, 2024

La oposición pide el cese de Antolínez

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A mediodía ha comenzado en el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares un pleno extraordinario en el que la oposición exigirá al alcalde popular, José Antonio Antolínez, que ceda el bastón de mando a José Ramón Regueiras, del PIPH, en cumpliento de una sentencia judicial. El fallo hace referencia a la no contabilización como positivo del voto de una edil independiente a favor de la moción de censura presentada PSOE e IU contra el regidor del PP.


 

La sentencia anula la validez del acta municipal que pidió que saliera adelante la moción de censura presentada PSOE e IU contra Antolínez. La iniciativa no prosperó el error cometido la edil independiente María del Carmen Martínez Torralba, quien en el momento de la votación dijo ‘no' cuando quería decir ‘sí'. Inmediatamente, corrigió el sentido de su voto, pero el secretario no admitió la rectificación.

De esta forma, el alcalde popular se mantuvo en el puesto, ya que los promotores de la moción no alcanzaron la mayoría absoluta necesaria de siete votos para que prosperara. Consiguieron seis sufragios, los de PSOE, IU y PIPH, excepto el citado de Martínez Torralba, que se decantó del lado de los que apoyaban al regidor, los cuales lograron cinco votos (PP y Agrupación Independiente).

Quienes presentaron la moción de censura llevaron el asunto a los tribunales, fallando a favor de sus tesis el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo número 14 de Madrid. En el fallo, emitido el pasado 29 de enero, se recoge que ‘del visionado de las grabaciones de la votación efectuada la señora Martínez Torralba es claro que el sentido de la misma fue votar ‘sí' a la moción de censura, pese a que en un prer momento dijo ‘no' a la hora de votar, ello debido única y exclusivamente a un lapsus linguae y que la rectificación del mismo se produjo inmediatamente, una vez la concejal fue consciente de su error, y prueba de ello es que dicha rectificación se produjo antes de que el siguiente concejal al que orden correspondía emitir su voto'.

Además, la sentencia también recoge que la edil que votó ‘no' error es una de las firmantes de la moción de censura y compañera de partido del concejal Regueiras, ‘el cual no debemos olvidar, era el candidato a alcalde en dicha moción', lo que concluye que ‘el cómputo de los votos llevado a cabo el secretario en el pleno ha vulnerado el artículo 23.1 de la Constitución, pues el voto de la concejal debió computarse a favor de la moción de censura'.

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