A partir del próxo sábado, 23 de mayo, entrarán en funcionamiento tres nuevos radares fijos para el control de velocidad parte de la Dirección General de Tráfico. Dos estarán en la provincia de León y uno en el Principado de Asturias.
Concretamente estarán situados en la Ruta de la Plata (autovía A66) y autopista de peaje AP66 (CampomanesLeón). Su funcionamiento ya ha sido verificado el Centro Español de Metrología y, según tráfico, se han situado en tramos peligrosos de la Ruta de la Plata o A66 que es la autovía cuyo trazado transcurre desde Gijón a Sevilla y en la AP66 que es la autopista de peaje que une Asturias y la Meseta, siendo popularmente conocida como ‘Autopista del Huerna’ entre Campomanes (Asturias) y León.
El objetivo de estos radares es reducir el exceso de velocidad en estos tramos y con ello el riesgo de que se produzcan accidentes. Y es que la velocidad es un factor concurrente de producción de accidentes que en España. De hecho, durante el año pasado influyó en la muerte de 579 personas.
El radar de la AP66 se encuentra un punto conflictivo en las proxidades del antiguo peaje de Campomanes, que en la actualidad ha sido deshabilitado, con modificación de la infraestructura. Se trata de un tramo de vía de fuerte y prolongada pendiente y con curva lo que la velocidad está litada a 90 km/h. En esta zona se produjeron 3 accidentes con 6 heridos en 2008.
Los dos radares de la autovía A66 están próxos a tantes nudos de enlace con otras vías, en donde la velocidad puede ser desencadenante de accidentes. En el tramo de vía en el que se sitúan los dos nuevos radares se han contabilizado desde principios de 2008, 11 accidentes con resultado de un fallecido y 19 heridos.
Desde Tráfico se asegura que estos radares están debidamente señalizados con paneles luminosos y con señal vertical fija, a través de los cuales se informa al conductor de la existencia de dichos controles.
Recordemos que según la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de la Circulación (artículos 48 a 54), no cumplir con la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos es considerado infracción grave o muy grave, sancionándose con multas de 90 a 600 euros.
Además, si se conduce a velocidad superior en sesenta kilómetros hora en vía urbana o en ochenta kilómetros hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, el conductor puede ser castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores tiempo superior a uno y hasta cuatro años. Igualmente se contempla la pérdida entre 2 y 6 puntos este tipo de infracción dependiendo del exceso de velocidad.