En caso de aprobarse este Proyecto de Ley de Seguridad Vial no se perderán dos puntos del carné, como sucedía ahora, estacionar en curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores o intersecciones. En estos casos el conductor podrá ser multado pero no verá reducidos sus puntos. Igualmente se litan los supuestos en los que un vehículo estacionado puede ser retirado la grúa, no será obligatorio llevar todos los documentos en el coche pero sí habrá que tenerlos en regla y se elina el supuesto ‘conducción de forma negligente’ considerarse un término ambiguo.
Según las enmiendas de CiU, se podrán retirar los vehículos estacionados con grúa siempre y cuando se constate que obstaculizan la adecuada movilidad. Por ejemplo, cuando un coche esté estacionado en zona azul sin disponer de la autorización necesaria podrá ser sancionado pero esto no conllevará la retirada de éste la grúa. Sin embargo, no será así en los casos de estacionamiento reservado para las personas con alguna discapacidad, ya que así de dificulta la movilidad de la persona afectada.
Entre las enmiendas aprobadas hay que destacar que tampoco se perderán puntos en los casos de conducción de forma negligente. Hasta ahora, esta sanción acarreaba la retirada de 4 puntos del carné de conducir. Sin embargo, se elina este supuesto considerarse ambiguo, ya que puede llevar a la confusión. Aún así, hay que señala que este hecho quedaba ya sancionado en la Ley de Tráfico, lo que tampoco queda pune.
Tampoco se perderán puntos estacionar en curvas, carrilesbus, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores o intersecciones. En estos casos el conductor podrá ser multado. En lo que se refiere a los radares, se sancionará sólo a aquellos conductores que incoren inhibidores, ya que alteran el funcionamiento de los radares, o que oculten la matricula para no ser detectados. Según la enmienda aprobada, no será sancionable llevar mecanismos que avisen de la existencia de un radar.
Por otro lado, ya no será necesario llevar tantos papeles en el coche. En caso de aprobarse este Proyecto de Ley, bastará con tener la documentación en regla. Además, será necesario estar al corriente del pago del seguro para poder pasar la Inspección Técnica del Vehículo (ITV). De esta manera se modifica el texto el que sería obligatorio llevar un adhesivo que mostrase a sple vista que estaba al corriente del seguro obligatorio. Esto ya no será necesario ya que habrá que comprobarlo en la ITV.
Asismo hay que destacar que tampoco significará la pérdida de puntos superar los 80 kilómetros hora en las autopistas de acceso a las ciudades, como es el caso de Barcelona, siempre y cuando no se superen los 130 kilómetros hora.
Tal y como ya les informábamos desde prseguridad vial, igualmente se ha aprobado durante la tramitación de este Proyecto de Ley, que la recaudación de las sanciones o multas se destinen íntegramente a seguridad vial.
Seguiremos Informando…