23/06/09 VENEZUELA 9.865 SUSCRIPTROES El últo procediento llevado a cabo el pasado 16 de junio, contra el canal venezolano Globovisión podría plicar la suspensión de la frecuencia hertziana después de que el Tribunal Supremo de Justicia ratificara el principio en virtud del cual, el canal podía ser condenado penalmente. Desde Reteros Sin Fronteras denuncian que este hecho sería el punto culminante de un auténtico acoso pleitista, jurídicamente discutible, en contra del canal su contenido.
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) entabló, el 16 de junio de 2009, un cuarto procediento administrativo contra Globovisión. Los tres anteriores, que entre otras cosas podían llevar a la suspensión de antena de 72 horas, se apoyaba en la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (ley Resorte) de 2004. Esta vez, se usa el artículo 171 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones de 2000, que dispone que ‘el que utilice o permita el uso de servicios de telecomunicaciones para los cuales está habilitado, como medios para coadyuvar en la comisión de delitos’, será sancionado con la revocatoria de la habilitación administrativa o concesión.
Desde la ONG Reteros Sin Fronteras, el presidente Hugo Chávez ha elegido un remedio peor que la enfermedad, si con la excusa de evitar un problema de ‘salud pública’, ‘corta lo sano’ acabando con las ondas de Globovisión si ésta no modifica su línea editorial. Afirman que ‘no es digno de una democracia como Venezuela que el capricho del Jefe del Estado sea el único en decidir el futuro de un medio de comunicación. Y es que una vez liberado de Globovisión, Chávez dispondrá de un espacio televisual hetziano totalmente abnegado, lo que podría llevar a una radicalización de la oposición.
En materia de ‘contribución al delito’, se le reprocha a Globovisión las declaraciones formuladas en su canal Rafael Poleo, director del diario El Nuevo País y de la revista Zeta en el programa ‘Aló Ciudadano’ del 13 de octubre de 2008, donde afirmó que Hugo Chávez ‘terminaría como Mussolini‘, lo que fue considerado como una ‘incitación al magnicidio’. Por su parte, el canal destacó que las declaraciones de un invitado no le podían ser putadas.
Para vencer el obstáculo, el Tribunal Supremo de Justicia rechazó, el 18 de junio de 2009, un recurso presentado el canal en 2003 que ponía en tela de jucio algunas disposiciones de la Ley de Telecomunicaciones, particularmente la posibilidad de condenar penalmente a Globovisión como persona moral. Fue esta condición previa la que falló para motivar la suspensión de Radio Caracas Televisión (RCTV) de las ondas hertzianas, en mayo de 2007. En su sentencia, el TSJ también garantizó la censura preventiva del contenido de algunos medios de comunicación el poder ejecutivo, según él ‘compatible con la libertad de prensa’.
Seguiremos informando…