A pesar de que ya no es necesario llevar el recibo del seguro en nuestro vehículo, sigue siendo recomendable y sigue siendo obligatorio. Esta modificación del Reglamento del Seguro no ha ocasionado que se incremente el número de conductores que optan circulan sin el correspondiente seguro obligatorio de responsabilidad civil. De hecho, los últos datos ofrecidos el Consorcio de Compensación de Seguros muestran todo lo contrario. Y es que el número de siniestros de los vehículos que no contaban con el obligado seguro ha sido de 16.405 en 2008, mientras que en 2007 la cifra era de 19.911.
Tal y como aseguraba Ignacio Machetti, director del CCS, durante la presentación de las cuentas anuales del Consorcio de Compensación de Seguros, hay una tendencia creciente a circular con seguro, lo que el número de siniestros de vehículos sin seguro está disminuyendo. De hecho, aunque el parque móvil en España tiene una tendencia creciente en los últos años (en 2006 había 31,4 millones de vehículos y en 2007, 32,7 millones de coches), los siniestros sin seguro presentan justamente la tendencia contraria: mientras que en 2007 el número de siniestros de vehículos sin seguro fue de 19.911, en 2008 esta cifra se redujo hasta 16.405. En este sentido, es significativo que, en lo referente a los tes, en 2006 se cifró en 56,6 millones de euros, en 2007, en 77 millones de euros y en 2008 en 52,6 millones.
Como ya les informábamos desde prseguridad vial, desde hace unos meses, los agentes de tráfico compruebaN vía telemática (a través del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados, FIVA) si los conductores a los que se les para tienen vigente el seguro obligatorio de responsabilidad civil. De esta forma, los conductores ya no están obligados a llevar consigo el correspondiente justificante aunque desde la Dirección General de Tráfico se aconseja seguir contando con él ante las posibles incidencias en su comprobación. En caso de que el sistema falle y no se lleve el recibo, el conductor dispondrá de un plazo de cinco días para presentar el justificante de pago del seguro en la Jefatura de Tráfico, ya que en caso contrario se procedería al precinto y depósito del vehículo.
Hay que recordar que siguiendo la normativa vigente, la circulación de vehículos sin seguro obligatorio acarrea multas de 1.000 euros para los ciclomotores, 1.250 euros para las motocicletas, 1.500 euros para los turismos y 2.600 euros para los vehículos pesados.
Por otro lado, y según las últas modificaciones en el Proyecto de Ley de Seguridad Vial, hay que destacar que será necesario estar al corriente del pago del seguro para poder pasar la Inspección Técnica del Vehículo (ITV). De esta manera se modificaba el texto el que sería obligatorio llevar un adhesivo que mostrase a sple vista que estaba al corriente del seguro obligatorio. Esto ya no será necesario ya que habrá que comprobarlo en la ITV.
Seguiremos Informando…