El informe sobre la Ley Audiovisual elaborado la Comisión Nacional de Competencia (CNC) choca con algunas de las partes fundamentales del texto aprobado el Gobierno. Discrepa ejemplo con algunas de las competencias del Consejo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA), está en contra además de la renovación automática de las licencias TDT y de su excesiva duración. La CMT y el Consejo de Estado también discreparon sobre esta Ley.
La nueva Ley Audiovisual aprobada el Gobierno no cuenta con el beneplácito de la CNT, como tampoco de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ni del Consejo de Estado. El Consejo de Estado se mostró en contra de la TDT de pago, enviando así el decreto Ley que la contemplaba al Congreso. Por su parte la CMT propuso algunas reformas sobre la Ley Audiovisual como que se redujesen los límites legales a la compra, venta y alquiler de licencias. Pedían que la duración de una licencia pasase de los 15 a los 10 años, que se pudiese vender a los cinco años de si concesión y que se pudiese alquilar hasta el 50% del espacio radioeléctrico.
En este sentido Competencia pedía en su informe que las licencias no durasen 15 años ni se renovasen automáticamente, y que en todo caso se estableciera un período de vigencia que permitiese la amortización de la licencia, pero a cuyo venciento se permitiese concurrir a los operadores que, estuviesen interesados.
Con respecto a otro de los puntos fundamentales de la nueva Ley Audiovisual, como es la creación del Consejo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA), la CNC establece que este organismo no debe afectar a las competencias atribuidas a otros organismos, ya que se le han otorgado algunas funciones que ostentan las autoridades de defensa de la competencia, como la autorización de concentraciones o el control de conductas anticompetitivas.
También hace referencia a las fusiones entre las cadenas, y opina que sería necesario considerar la litación no sólo en las personas físicas o jurídicas aisladamente consideradas, sino también empresas con personalidad jurídica diferenciada pero que sean, sin embargo, miembros del mismo grupo empresarial, a fin de salvaguardar el pluralismo informativo.
Sobre la emisión de un partido de fútbol en abierto a la semana al considerarse un aconteciento de interés general, la CNC opina que esto entraña un riesgo distorsionados para la venta de derechos audiovisuales futbolísticos. Le transmite al CEMA la responsabilidad de elegir dicho partido y establecer si es o no de interés general.
La CNC se suma a la lista de detractores de la nueva Ley Audiovisual, no obstante su informe del anteproyecto no es vinculante, lo que no afectaría en absoluto a la vigencia de dicha Ley.
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