Los agentes de la Guardia Civil de Tráfico pondrán especial énfasis en el Transte Escolar y de Menores. La DGT acaba de poner en marcha una nueva campaña de control sobre estos vehículos. Documentación, condiciones técnicas y elementos de seguridad, así como el correspondiente cinturón, serán controlados. Y es que durante los ocho preros meses del año (con datos a 24 horas) se han producido 3 accidentes mortales, en los que ha estado plicado algún autobús escolar, y en los que han fallecido 4 personas. Sin embargo, ninguno era conductor ni pasajero del autobús escolar, sino del vehículo contrario.
Algo silar ocurrió durante el pasado año, cuando 110 personas resultaron heridas en los 58 accidentes de tráfico que sufrieron los autobuses de transte escolar. En estos accidentes fallecieron además dos personas que viajaban en los vehículos contrarios. Asismo, de los heridos 12 eran conductores y 98 pasajeros, en su mayoría menores de edad. La Dirección General de Tráfico (DGT) señala la velocidad inadecuada y las distracciones como las principales causas de los accidentes en que están plicados este tipo de vehículos.
Bajo la idea de reducir su siniestralidad, Tráfico ha puesto en marcha una nueva campaña de control de transte escolar y de menores que se intensificará entre el 15 de octubre y el 28 de este mismo mes. Sin embargo, esta vigilancia se realizará igualmente a lo largo del curso escolar. Hay que destacar que durante estos días se intensificará el mensaje con la emisión de cuñas informativas en las principales cadenas de radio.
Por su parte, los agentes se encargarán de inspeccionar no sólo este tipo de vehículos sino también a sus conductores. El prer control, de carácter administrativo, consistirá en comprobar que las autorizaciones y documentos que deben tener dichos vehículos sean los correctos para la prestación del servicio. Posteriormente, los agentes verificarán que las condiciones técnicas y elementos de seguridad del vehículo son los que exige la normativa, así como los requisitos especiales que debe cumplir el propio conductor, como son el permiso de conducción o los tiempos de conducción y descanso.
Igualmente se hará especial hincapié en que se cumplan los requisitos que se recogen en el RD 965/2006 de 1 de septiembre en que se estipula la obligatoriedad de que los menores vayan acompañados en el autobús una persona cualificada. Igualmente se observará la antigüedad máxa de los vehículos destinados a este tipo de pasajeros, el seguro de responsabilidad civil litado, las tasas de alcohol en sangre y aire espirado…
Por últo, se controlará la utilización del cinturón de seguridad y sistemas de retención en aquellos vehículos que deban llevado. Recordemos que la Unión Europea emitió una Directiva Comunitaria, que España ha transpuesto a su ordenamiento jurídico y que establece que desde octubre de 2007, tanto en España como en el resto de países miembros se deniega la matriculación a cualquier autobús que no tenga instalados los sistemas de retención.
Además, la ley es particularmente minuciosa en lo referente a los asientos enfrentados a pasillo de aquellos vehículos con más de nueve plazas dedicadas a este tipo de transte, ya que solamente podrán ser ocupados menores de dieciséis años cuando dichos asientos lleven instalados cinturones de seguridad.