Tras un largo periodo de enmiendas, el Congreso de los Diputados ha aprobado hoy la reforma de la Ley de Seguridad Vial. Entre las novedades podemos destacar el 50% de descuento en las multas que se abonen en un periodo máxo de 15 días, el destinar la recaudación a la seguridad vial, la posibilidad de pagar con tarjeta de crédito en la misma carretera o que las sanciones tengan que notificarse dos veces. Esta ley entrará en vigor seis meses después de su publicación en el BOE. Sin embargo, aquellos conductores que hayan sido sancionados infracciones que dejan de significar puntos verán sus procesos paralizados. Asismo, las sanciones que ya no acarrean pérdida de puntos comenzarán a plantarse el mismo día de su aprobación.
Esta reforma cuenta con algunas novedades destacadas. En prer lugar, hay que destacar la reducción de 27 a 20 el número de infracciones que restan puntos. Hay que señalar la posibilidad de la notificación de las multas correo electrónico o teléfono móvil. Esta medida es voluntaria para las personas físicas y obligatoria para las empresas. Además, se creará una página web donde se publicarán todas las infracciones cometidas una persona. De hecho, en caso de que no se puedan notificar las sanciones, éstas se publicarán en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA)
DESCUENTO DEL 50% Y CAMBIO EN LAS SANCIONES
Sin embargo, uno de los puntos polémicos reside en el descuento del 50% de la multa si se paga en 20 días. Y es que tanto la cifra como los días para realizar el pronto pago han ido variando hasta fijarse finalmente. Sin embargo, el acogerse a este ‘prontopago’ significaría finalizar con el expediente sancionador y no se podría recurri. Igualmente se abre la posibilidad de poder pagar la sanción en el mismo momento en que se te notifica, es decir, con tarjeta de crédito y en la misma carretera. Además, las sanciones se tendrán que notificar dos veces en lugar de una y se considera infracción leve ir en bicicleta sin elementos luminosos (sanción de 100 euros). Hay que señalar endureciento de la sanción usar sistemas para intercepten la señal de los radares (sanción grave y 6 puntos). También se castigará conducir con el tacógrafo modificado y manipular el GPS durante la conducción. Esta últa infracción se equipara a conducir con el teléfono móvil y restará 3 puntos del carné.
LAS MULTAS, PARA LA SEGURIDAD VIAL Y EXACTAS
Una de las principales reivindicaciones de las asociaciones ha sido igualmente incluida desde el principio. Se trata de destinar lo recaudado con las multas a ayudar a las víctas y a la seguridad vial.
Por otro lado, hay que señalar que la cuantía de las multas serán exactas, es decir, 100 euros para las infracciones leves, 200 para las graves y 500 euros para las muy graves. Sin embargo, éstas podrán incrementarse hasta en un 30% según el ‘peligro potencial creado’.
INFRACCIONES ARCHIVADAS
Hay que destacar que en el mismo momento de su aprobación, todos aquellos expedientes sancionados infracciones que ya no acarreen pérdida de puntos pasarán a estar archivados. Por ejemplo, aquellas personas que hayan sido multadas parar el carril bus mientras se tramitaba esta ley no perderán definitivamente sus puntos. Además, no habrá que esperar seis meses para que estas sanciones dejen de significar pérdida de puntos. Comenzará desde hoy mismo a tener vigencia. No ocurre así con el resto de medidas, con la que habrá que esperar seis meses desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
NO SE SUSPENDERÁ EL PERMISO
Otras de las novedades que hay que tener en cuenta es que con la nueva ley se elina la suspensión del carné de conducir, es decir, se podrán perder puntos y el carné como consecuencia de infracciones. Sin embargo, no se suspenderá el permiso durante algunos meses determinadas infracciones tal y como ocurre actualmente.
HABRÁ MÁRGENES DE ERROR EN LOS RADARES
No se multará desde el prer kilómetro de más, es decir, se respetarán unos márgenes de error en las sanciones puestas los radares, teniendo así en cuenta los posibles fallos de los sistemas de control y la de los propios vehículos.
LA GRÚA ACTUARÁ Y EL NO PAGAR SE CASTIGARÁ
La grúa podrá retirar el coche estacionado en zona azul siempre y cuando se triplique el tiempo permitido desde que se pagó o cuando no se pague. Además, los conductores no podrán realizar ninguna gestión en Tráfico, como puede ser vender un coche, si acumulan cuatro sanciones graves sin abonar, o renovar el carné.
En esta línea, sólo se podrá hacer la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) si se ha pagado el seguro obligatorio y no será necesario llevar la documentación del coche. Bastará con tenerlos en regla. Igualmente, el titular de un vehículo tendrá que hacerse cargo del pago de la multa siempre y cuando no sea capaz de identificar al conductor que ha cometido la infracción.
Asismo, hay que señalar que se podrán recaudar hasta seis puntos cada dos años a través de cursos sobre seguridad vial y sensibilización. Hasta ahora era un máxo de 4 puntos.
SE PERDERÁN PUNTOS A PARTIR DE 130 KM/H EN VÍAS LIMITADAS A 80
Otro de los puntos que hay que destacar es el relacionado con las autopistas y autovías litadas a 80 kilómetros hora. Este es el caso de algunas vías de acceso a Cataluña. Con la nueva ley, sólo se perderán puntos cuando se superen los 130 kilómetros hora. Además, aquellos que hayan perdido puntos desde junio (fecha en la que comenzó a tramitarse) y hayan recurrido la multa tampoco perderán su saldo de puntos.
Por últo, destacar que se levanta la prohibición de que bicicletas y ciclomotores estacionen en las aceras. Sin embargo, se deja vía libre a la regulación de esta circunstancia en competencia de las Ordenanzas municipales.
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