En la Tierra a lunes, diciembre 23, 2024

Los diarios online ecuatorianos se hacen eco de la Ley de Comunicación en sus portadas

 

Titulares como ‘Menor poder tendrá el Consejo de Comunicación’ ‘Solo votos de PAIS aprobaron el consejo de control de medios’ o ‘Consejo de Comunicación será el filtro de los medios’ son algunos de los titulares que se pueden encontrar hoy en las páginas web de los principales diarios ecuatorianos. El Comercio, Expreso y El Universo se hacen eco de la polémica ley en sus ediciones digitales.

 

La próxa Ley de Comunicación ecuatoriana mantiene polarizados los medios del país. La aprobación ayer parte de la Comisión Ocasional de Comunicación de quince de los artículos del texto, generó posiciones encontradas en la prensa nacional que van, desde ataques directos a artículos de fondo. Uno de los artículos aprobados fue la creación del Comité Nacional de Comunicación e Información, que estará conformado delegados de los ministerios de Educación y Cultura, de las facultades de Comunicación Social y tres representantes de la ciudadanía.

 

Algunos legisladores de la oposición decidieron retirarse de la Comisión considerar que esta institución atentará contra la libertad de expresión y anunciaron que presentarán un informe de minoría. Sin la presencia de la oposición, PAIS aprobó la Ley Orgánica, a la espera de aprobar también las disposiciones transitorias y derogatorias. La Comisión está trabajando a contratiempo ya que el plazo de presentación de su informe finaliza el próxo día 23 de noviembre.

 

También se definieron las sanciones que recaerán en los medios que incurran en faltas a la normativa. Entre estas sanciones están las amonestaciones escritas publicadas en el editorial el día de mayor tirada de la semana para prensa y en el horario que dispongan las autoridades en el caso de la radio y la televisión. El texto también establece multas de hasta cincuenta remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general, suspensión laboral de uno a treinta días y clausura del medio, que sólo se aplicará en caso de reincidencia.

 

Se aprobaron, asismo, un artículo que establece excepciones a la libertad de expresión en casos de informaciones que atenten contra la niñez y la adolescencia, que se trate de propaganda de guerra o apología al odio nacional, racial o religioso, que se vulnere la parcialidad de la justicia o que se publiciten bebidas alcohólicas o de tabaco en horarios protegidos. Diversos sectores de la oposición también propusieron que se archive este proyecto de Ley.

 

Las críticas a la Ley parte de los medios se vieron agravadas en los últos días desde que la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) publicara un informe donde se criticaba la ‘alta peligrosidad’ y las ‘agresiones a la libertad de expresión’ del texto. Estas acusaciones fueron rechazadas el secretario de Comunicación de la Presidencia ecuatoriana, Fernando Alvarado, quien señaló que la SIP carece de ‘calidad moral’ para hacer esos análisis.

 

Seguiremos informando…


Estas son algunos de los acuerdos alcanzados ayer, publicados en El Comercio:

 

Imparcialidad del Estado. Se compromete a que ningún representante del Estado establecerá referentes oficiales  y obligatorios para el pensamiento y opinión de la gente.

Independencia editorial. En este artículo se dará  la potestad al periodista para  indagar y  emitir opiniones libremente y sin censura previa sobre hechos de interés público, siempre que estos no afecten al derecho a una información veraz ni a otros derechos fundamentales. El uso del término veraz dentro del artículo causó malestar.

Las reglas para la TV. Deberá incluir, progresivamente, al menos un 40% de producción nacional en su programación diaria, incluido un 10% de producción nacional independiente. En el caso de la producción independiente tendrá un plazo de cinco años.

Las radios. Las emisoras del país deberán difundir en todos sus programas un míno del 25%, progresivamente, de música producida, compuesta y  ejecutada en nuestro medio y un el 75% de música internacional. 

El consejo de comunicación. Será el máxo organismo dentro del sistema nacional de comunicación. Estará compuesto delegados de los ministerios de Educación y de Cultura; un  represente de las universidades  y tres de la sociedad civil. Entre otras funciones, podrá auditar el tiraje o la sintonía de los medios; propondrá  pautas sobre el cumpliento de los códigos éticos y la responsabilidad social y  resolverá asuntos de  controversias en el área de comunicación. Estará apoyado una secretaría técnica y un consejo consultivo.   

El Defensor  del Público. Es otra de las propuesta de la comisión legislativa. Este funcionario será elegido un concurso que realice el Consejo Nacional Electoral y que estará regido la Defensoría del Pueblo. Se pretende que tenga la facultad de recibir quejas y denuncias de los afectados de medios e instituciones públicas. Podrá incentivar la solución amistosa de esos conflictos; dispondrá de medidas de protección a favor de los afectados. También emitirá recomendaciones públicas  a los medios de comunicación,  periodistas, o instituciones que violenten los derechos y podrá solicitar su juzgamiento en el consejo de comunicación.  

La información estatal.  Los canales de televisión y las emisoras  radiales deberán  transmitir, al menos una vez al mes, en un máxo de 20 minutos, en cadena nacional, mensajes informativos de las principales autoridades de las funciones del  Estado. Además, destinarán una hora diaria, no acumulable, de lunes a sábado, para programas educativos oficiales. El mismo espacio deberán entregar los medios presos.

Las veedurías. Las  personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos sociales tendrán  el derecho de organizarse para formar organizaciones que puedan promover y defender desde la ciudadanía, los derechos comunicacionales.

Las sanciones. Los medios podrán ser suspendidos realizar o  incentivar “actos atentatorios contra el orden constitucional y la seguridad interna y externa del Estado, previo informe del Consejo de Seguridad Pública”. Para el oficialismo este informe frenará cualquier suspicacia para castigar a un medio. Además, solo se podrá cerrarlo definitivamente, cuando haya reincidido en esta violación. También se incluyeron sanciones escritas y multas de hasta 50 salarios mínos contra los medios.

El proceso para sancionar. Las personas que se crean afectadas los juicios o informaciones de los medios de comunicación podrán presentar una queja ante el Consejo. En 72 horas los denunciados deberán responder. Luego de eso se convocará a una diligencia, donde se definirá una solución amistosa, la sanción o el chivo de la causa contra el medio.

Los juicios de valor. Ayer se sumó  al texto esta propuesta: “Los juicios de opinión que generen vulneración a la parcialidad del sistema de administración de justicia. Este principio  es para precautelar el estado de inocencia de  las personas. Sin que esta restricción pida la investigación periodística”. Para la oposición esto terminará con las denuncias  e investigaciones periodísticas  contra los funcionarios públicos.

El registro de medios. Los medios deberán cumplir con esa norma. Se aseguró que solamente será una ocasión, pero en el texto se incluyó que el consejo podrá convocar a procesos obligatorios de actualización de los datos del registro.   

Los medios públicos. Está previsto que sean manejados dos consejos: administrativo y editorial. El titular del presidente del consejo administrativo será escogido un concurso y lo acompañarán en el organismo el Secretario Nacional de Comunicación (quien es representante del  Ejecutivo)  y dos delegados  de las universidades.

Prescripción de sanciones. Fue el últo artículo incluido y señala que el ejercicio de las “acciones para iniciar el juzgamiento y determinar la existencia de infracciones, así como la potestad para sancionarlas, prescriben en un año, luego de cometidas”

 

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