El Comité Español de Representantes de personas con Discapacidad (CERMI) ha valorado positivamente los aspectos sobre discapacidad incorados en la Ley Ómnibus, entre los que se encuentran la Ley de Tráfico.
La Ley sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio está levantando la polémica dentro de numerosos sectores como es el caso del taxi. Sin embargo, otros consideran que ciertos apartados contribuyen al desarrollo de su colectivo en el entorno laboral, como es el caso del CERMI.
En nota de prensa, la asociación valora positivamente los aspectos incorados la nueva Ley Ómnibus que afectan a las personas con discapacidad, ‘todos ellos beneficiosos para este sector y planteados con anterioridad el CERMI’.
En lo que se refiere a la Ley de Tráfico, el Comité aplaude la inclusión de un nuevo artículo en que fija ‘como competencia del Ministerio del Interior, la garantía de igualdad de otunidades, no discrinación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, especialmente en su calidad de conductores, en todos los ámbitos regulados’.
Por otro lado, CERMI destaca la modificación sobre Colegios Profesionales, según la cual, cada institución colegial debe contar con una ‘ventanilla única’, a través de una página web, ‘mediante la cual los profesionales puedan realizar todos los trámites necesarios para la colegiación, su ejercicio y su baja en el Colegio’. La nueva ley establece además, que dicha ventanilla deberán ‘garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad’. Asismo, se añade un artículo sobre sobre igualdad de trato y no discrinación, que reconoce que ‘el acceso y ejercicio a profesiones colegiadas se regirá el principio de igualdad de trato y no discrinación, en particular razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual’.
Por otra parte, el Comité muestra su conformidad ante la modificación de la Ley del Medicamento que establece que desde ahora el Ministerio de Sanidad y Política Social debe verificar que los mensajes publicitarios de medicamentos emitidos en sote audiovisual, cumplen las condiciones de accesibilidad establecidas en el Ordenamiento jurídico para la publicidad institucional.