Depresión, esquizofrenia, trastornos psicóticos, de personalidad, y déficit de atención son algunas de las enfermedades que incapacitan a una persona para conducir, diferenciando entre conductores profesionales y no profesionales. En muchas ocasiones la enfermedad sí misma no tendría que ser causa de denegación de la obtención o prorrogación de la licencia de conducir, siempre que se presente un informe favorable de un psicólogo o de un psiquiatra. En este sentido, expertos aseguran que ‘muchos enfermos ocultan datos en los reconocientos para la renovación del permiso’. A partir de ahora, el paciente tiene que declarar que no ha mentido u ocultado datos.
El Reglamento General de Conductores, en vigor desde el 8 de diciembre de 2009, establece una serie de enfermedades (marcando diferencias entre conductores profesionales y no profesionales,) entre las que se incluyen los trastornos mentales y de conducta, cuyo padeciento puede suponer la denegación de la obtención o prorrogación de la licencia de conducir. En este sentido, el recientemente aprobado Reglamento de los Centros de Reconociento de Conductores, que entró en vigor el 3 de mayo, establece la obligación del paciente de declarar que no ha mentido u ocultados datos, en lo que a su estado de salud se refiere.
LA IMPORTANCIA DE UN INFORME FAVORABLE
Tener un informe psiquiátrico o psicológico desfavorable puede pedir conseguir o renovar el permiso de conducir. Aquí, la enfermedad sí misma no tendría que ser, necesariamente, causa de denegación del permiso. Los efectos de los psicofármacos es una de las cuestiones que más influyen en los psiquiatras a la hora de realizar el informe psiquiátrico. Y es que, en muchas ocasiones, la medicación puede repercutir en capacidades del paciente, como ejemplo en la concentración, la vigilia, y la capacidad de reflejos.
A pesar de todo, tal y como reconoce Luis Pacheco, psiquiatra de Salud Mental Extrahospitalaria de Biskaia, con motivo de las III Jornadas de Psiquiatría y Derecho, ‘no se puede generalizar, hay que estudiar cada caso concreto, ya que los fármacos no siempre tienen el mismo efecto en todas las personas y los efectos secundarios dependen de muchos factores, como pueda ser cada medicamento en concreto, la dosis empleada, el peso del sujeto…’.
Actualmente y según el Reglamento de Centros de Reconociento, cada centro debe tener en plantilla un psicólogo, lo que, en la mayoría de los casos no es necesario recurrir al psiquiatra para la realización del informe.
RESPONSABILIDAD DEL PACIENTE
Con el nuevo Reglamento, el paciente tiene la obligación de declarar que ‘no ha desfigurado la verdad, ni ocultado la existencia de enfermedad o defecto en el reconociento psicofísico al que ha sido sometido’. La realidad es que actualmente muchos enfermos, no solo mentales, ocultan datos en los reconocientos para la renovación del permiso. Con la nueva ley, ‘no solo podría incurrirse en un delito, sino que las compañías de seguros podrían llegar a no cubrir los incidentes que se hayan ocasionado tras sufrir un accidente…’, señala Pacheco.
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