¿Ha cambiado la forma en la que la Dirección General de Tráfico (DGT) contabiliza los heridos graves? Según la empresa Dvuelta, una circular determina que los heridos que no requieran hospitalización serán considerados ‘leves’ aunque sufran fracturas, contusiones… Sin embargo, el mismo Pere Navarro, director general de Tráfico, asegura que el criterio para contabilizar los heridos graves ‘ha sido es y será’ el mismo’, ya que se rige criterios europeos.
Dvuelta denuncia que, desde comienzos de 2010, sufrir una fractura, una contusión, o un shock en un accidente de circulación dejará de tener la consideración de ‘herido grave’ en las estadísticas, si no necesita hospitalización. De hecho, la empresa de recursos de multas afirma que la propia circular difundida la DGT esta en un 30% los casos de ‘supuestos heridos graves’ que no llegan a ser hospitalizados y que, tanto, no han de ser considerados como tales.
Sin embargo, esta información ha sido desmentida la Dirección General de Tráfico al asegurar que ‘no sólo se van a tener en cuenta los heridos graves en accidentes mortales, sino también los que se producen en el resto de siniestros’. ‘La definición de herido grave no ha cambiado’, señalan.
Esta idea ha sido apoyada el director general de Tráfico, Pere Navarro, quien ha afirmado que el criterio para contabilizar los heridos graves es el mismo. Al respecto y en el marco de la jornada ‘La seguridad vial en España, grandes mejoras y muchos retos’ (organizada la Confederación Nacional de Autoescuelas y la Fundación Rayet), el director ha recalcado que hay un organismo europeo que fija las definiciones, los criterios y los indicadores de herido leve y herido grave ‘para que pueda ser todo comparativo a nivel europeo’, según indica Europa Press.
Un documento facilitado la DGT señala que, ‘a partir de enero de 2010 se considera prioritaria la recogida de la información sobre accidentes graves, aquellos en los que ha habido al menos un herido grave, con un grado máxo de inmediatez’. Así, desde el 1 de enero de este año se señala que ‘el indicador rápido para el seguiento de la accidentalidad en carretera incluirá los datos de accidentes con muertos y heridos graves y los de las víctas mortales y heridos graves con cómputo a 24 horas ocurridos en carretera’.
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