- La Audiencia Provincial de Madrid ha estado el recurso de apelación interpuesto Federico Jénez Losantos frente a la demanda interpuesta Jose Antonio Zarzalejos supuesta ‘intromisión ilegíta en su honor’, según informa elmundo.es.
Zarzalejos, director de ‘ABC‘ en la época de los insultos, interpuso una demanda en noviembre de 2007 contra Losantos supuesta ‘intromisión ilegíta en el derecho fundamental al honor’. Ésta incluía hasta medio centenar de términos como ‘sicario’, ‘necio’, ‘inútil’, ‘torgo’, ‘detritus’, ‘escobilla para los restos’, ‘melón’, ‘zote’, ’embustero’, ‘traidor’, ‘falsario’, ‘miserable’, ‘pobre enfermo’ o ‘despojo intelectual’. El Juzgado de Prera Instancia número 69 de Madrid estó parcialmente la demanda presentada Zarzalejos y condenó a Jénez Losantos a no utilizar una serie de adjetivos referidos a Zarzalejos y a indemnizarle con 100.000 euros.
Federico Jénez Losantos presentó un recurso de apelación y la sección duodéca de la Audiencia Provincial de Madrid le ha dado la razón revocando la sentencia dictada en prera instancia. El periodista de esRadio alegó que no se podían ‘desligar las expresiones verbales que se mencionaban del contexto en el que se vertieron, ya que se pronunciaron en un programa de radio en directo y en el marco de la polémica la diferente línea editorial seguida los dos medios entonces Cope y ‘ABC‘ en el que el demandante y el demandado trabajan y ello ninguna de ellas resulta ofensiva ni vejatoria’.
La sentencia de la Audiencia Provincial, a la que ha tenido acceso el diario El Mundo, alega que ‘el derecho a la libertad de expresión comprende la crítica la conducta del otro, aun cuando la misma sea desabrida y pueda molestar, inquietar o disgustar a quién se dirige, pues así lo requieren el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, sin los cuales no existe una sociedad democrática’. Además, señala que ‘las expresiones proferidas no forman parte de una campaña dirigida a la persona del demandante, sino a la línea política seguida dicho medio informativo’.